¿Nos
ama Dios incondicionalmente? La Reforma Protestante como Respuesta
La Reforma
Protestante surge como una respuesta de Dios al dilema de un cristiano sincero
que vivía torturado por el sentido de culpa. Al haber interiorizado la
enseñanza del cristianismo, tal como se vivía entonces, de ser Cristo un
colérico Juez que se dedica a contar nuestros pecados y a castigarnos en el
purgatorio y en el infierno, y que la salvación (el amor de Dios) sólo se
conseguía por un número indeterminado de buenas obras, de modo que nunca
podíamos saber si somos salvos o no, dicho cristiano era incapaz de amar a ese
Dios. La falta de amor a Dios era imperdonable pecado, lo cual sume al
cristiano en desesperación.
Aunque el mundo ha
cambiado mucho desde entonces, hoy día podemos usar nuestra experiencia como
muestra de tal dilema. Si una madre o un padre aplicase la regla de que se
practicaba en el cristianismo de entonces, amaría únicamente a su hija o hijo
(“salvación”) si éste cumpliese con un número indeterminado de reglas. El
resultado de lo anterior es propiciar una hija o hijo neurótica o neurótico,
pues no se sentiría amada/o; lucharía desesperadamente por cumplir la mayor
cantidad de reglas posibles, motivado por la culpa, temiendo el castigo. Su
vida sería regida por la culpa, el vacío, la frustración y el temor, todo lo
cual es lo contrario al amor. En este sentido, Less Parrot III (Love’s Unseen Enemy) ha demostrado,
desde la psicología, que donde prepondera la culpa, expulsa la capacidad de
amar, de modo que la conducta será regida por la culpa, no por el amor.
Por el contrario,
para propiciar que la hija o el hijo crezca sana o sano, la madre o el padre
amaría a su descendiente incondicionalmente, y le comunicaría que es parte de
la familia (“salvación”), por el simple hecho de ser humana/o y de aceptar el
amor, nada más. De este modo, la progenie, segura del amor, crecería sana,
sabiéndose amada (“salva”). Las buenas obras, el cumplimiento de reglas,
brotarían poco a poco como fruto del amor, del agradecimiento, no de la culpa y
el miedo. Esta es la clave de la sanidad, es decir, de la salvación.
Los Treinta y Nueve
Artículos de la Fe Cristiana, tal como son reconocidos como inspiración
histórica por la Iglesia de Cristo, nacen de la polémica. No procuran tanto
explicar de forma completa o sistemática lo que la dirigencia de la Iglesia
creía entonces, sino dar respuesta polémica al Protestantismo (especialmente el
calvinismo puritano) y al Romanismo. Dichos Artículos no se inclinan por
ninguna de estas corrientes, pero sí muestran huellas de la influencia parcial
del cristianismo tal como se había vivido hasta entonces, como de la Reforma
Protestante del cristianismo.
Podemos resumir esta
influencia en cuatro puntos principales: A) Justificación (salvación) por la fe
sola, no por obras. B) La Biblia como la única norma de fe y conducta, sujeta
al libre examen por parte de cada cristiano. C) Sacerdocio universal de todos
los fieles. D) Énfasis en la moral, no en la compra de la salvación por méritos
de otros.
A) Justificación por
fe sola y no por obras. Cristo ofreció el único sacrificio válido por nuestra
culpa, ofreciéndonos el perdón, la salvación, solo por aceptar el perdón. Las
buenas obras son consecuencia, no causa, de la salvación, siendo fruto del amor,
del agradecimiento, y no de la culpa.
Esta enseñanza
comienza a través de una interpretación del pecado original distinta de la
romana. Para la doctrina romana el pecado original no nos hace radicalmente
malos, con unas facultades mentales y volitivas radicalmente malas. Lo
contrario sostiene la Reforma Protestante. El pecado original nos hace
reconocer la necesidad de aceptar a Cristo como el único mecanismo necesario y
suficiente para la salvación. “No se le compra a Dios misericordia”. No existen
obras supererogatorias ni indulgencias posibles. El sacrificio de Cristo es
suficiente para la salvación, y nos toca a nosotros decidir si aceptamos o no
Su ofrecimiento. Esto lleva a vivir por amor, no por culpa.
Lo anterior implica
el rechazo de la doctrina del purgatoria, entendiéndola como doctrina no
cristiana. Asimismo se rechazan otras doctrinas como la mediación de santos, la
procesión del pan, reliquias, etc.
Artículos 2, 9, 10,
11, 12, 16, 18, 22, 28, 31.
B) La Biblia como
única norma de fe y conducta, interpretada por el libre examen de cada
cristiano. Cada cristiano debe obligatoriamente leer la Biblia y regir su
conducta de acuerdo a su interpretación, no de acuerdo a lo que la Iglesia u
otra persona le ordenen. Durkheim ha demostrado que este fue el motivo impulsor
de la alfabetización de los países protestantes, en contraste con los romanos. Artículos
6 y 20. Ello impulsó la traducción de la Biblia. Artículo 24.
C) Sacerdocio
universal de todos los fieles. Este principio es recibido de forma matizada en
Inglaterra, pues se mantienen los tres órdenes de ministros y la sucesión
apostólica (Artículo 23, 36 y concordantes). Sin embargo, el principio se
mantiene. Muestra de ello es que tanto laicos como ministros comulgan por igual
tanto del pan, como del vino. Artículos 28 y 30. Artículo 24: Liturgia en la lengua
del pueblo, pues, en cierto modo, todas/os somos sacerdotes.
D) Énfasis en la
moral y no en subterfugios para evitar una vida apegada al deber: Artículos 7,
10, 12, 16. Ello se enfatiza por Weber, quien asigna a la ética calvinista (con
el énfasis de la Reforma en el cumplimiento del deber y el trabajo ordinario
como un ministerio cristiano), el florecimiento del capitalismo.
E) Otros: a) En
cuanto a la predestinación, la misma no es aceptada por el Artículo 17 en el
sentido que le diera Calvino, sino únicamente de una forma figurada,
enfatizando la libertad de elección de la persona. Empero, de la explicación
que se hace se fortalece la confianza del cristiano en la gracia salvadora de
Cristo. b) Se rechaza la forma romana de entender la eucaristía como
transubstanciación. Se la comprende de un modo parcialmente parecido al
sostenido por autores de la Reforma. c) Matrimonio de los presbíteros. Es
conforme a la doctrina Reformada. Artículo 32. d) Moderada separación entre
Iglesia y Estado, en la línea de la Reforma Protestante. Artículo 37.