Feliz fin de semana, en el cual deseo que el viento que sople a sus espaldas remueva los velos que opacan las alegrías que se encuentran en la vida cotidiana, mostrando el fulgor de la vida cotidiana, donde realmente encontramos cómo nuestros sueños devienen realidad.
Que tengas una tarde próspera, de trabajo que recompensa el corazón, de personas que te llenan, de buena conciencia que te impulsa hacia el camino que has de emprender, y de amistades sinceras: vida cotidiana compartida con personas de valores nobles, como lo eres tú, dama noble entre las nobles.
La literatura y el pensamiento se conciben como arte, como forma de descubrir la belleza que se encuentra en la vida cotidiana, incluyendo el romanticismo y el noble papel de la dama. A todo ello se dedica la presente página. Conozca y participe también en mi Blog Jurídico: www.constitucionalismo.com Conozca mi Página Personal: www.bustabad.es Currículo: http://cr.linkedin.com/in/bustabad Correo: monterodaniel@monterodaniel.com
sábado, 2 de junio de 2012
Sobre la Misión de los Bufetes (Apuntes).
Propuesta de Conversaciones Académicas Pausadas
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I. El Punto de Partida.
El punto de partida para constatar la conveniencia de conversar, poco a poco, con pausa y calma, sobre la Asesoría Jurídica Estratégica, consistió en lo siguiente:
1. Desde mi percepción como jurista funcionario público, comprometido en plenitud con mi trabajo, llegué a la conclusión de que, si bien las Administraciones Públicas deben ser activas en el cumplimiento de sus cometidos, en realidad el futuro del medio ambiente se encuentra en las manos de las empresas y, dentro de la idea de “empresa”, se encuentran también quienes las asesoran, a saber, los grandes bufetes, los más prestigiosos.
2. En lo que respecta a Costa Rica, se puede determinar que una importante porción del reto ambiental radica en convencer a las empresas para que incorporen la variable ambiental en el momento adecuado del ciclo del proyecto. En la actualidad esta incorporación se efectúa tarde, incluso (muchas veces) aunque el desarrollador disponga de asesoramiento.
3. En la incorporación oportuna de la variable ambiental se encuentra una oportunidad para generar beneficios empresariales. Además, se necesita un Bufete Estratégico que, como tal, asesore a sus clientes a tomar decisiones estratégicas de futuro, que más adelante lleven a las empresas a posicionarse con ventaja sobre sus competidores.
4. El reto que el siglo XXI implica para los bufetes consiste en romper la férrea barrera que antes existía entre asesoría jurídica y planeamiento empresarial estratégico. El Bufete Estratégico va a distinguirse de la competencia, y a quitar mercado a los abogados competidores, al ofrecer a sus clientes una guía más completa, señalándoles modernas opciones empresariales de futuro, junto a productos o criterios jurídicos personalizados.
5. La incorporación de la variable ambiental, insistimos, es fuente de beneficios a largo plazo para las empresas. También fuente de beneficios a los despachos jurídicos que se tornen en Bufetes Estratégicos. Si yo fuese miembro de un estudio jurídico, temblaría de miedo ante el oscuro porvenir, si mi despacho no tuviese capacidad de asesorar ante la Nueva Economía que, por definición, es una Economía que, entre otros aspectos, se caracteriza por contar con la Variable Ambiental Incorporada.
6. La imperiosa necesidad de abogar por un Bufete Estratégico me llevó a trabajar en una propuesta de artículo sobre el Nuevo Asesoramiento Jurídico.
7. Sin embargo, a ello se unió un aspecto más. El duro rostro que la Sala Constitucional ha mostrado a raíz de una deformación “estilo nacional” del paradigma neoconstitucional, la ha llevado a equivocarse jurídicamente en perjuicio de la seguridad jurídica tan necesaria para el crecimiento económico del país. Empero, el análisis realizado en materia ambiental constata que este riesgo se ve sensiblemente aumentado por los defectos en el asesoramiento jurídico que los bufetes (incluso grandes bufetes) brindan a las grandes empresas o a los grandes inversionistas.
II. La propuesta de un artículo.
Ensayo Literario: Misión de los Bufetes Costarricenses Más Prestigiosos.
El Reto del Siglo XXI.
ÍNDICE (Preliminar)
Daniel Montero Bustabad
I. El Ensayo.
a. El ensayo como género literario.
b. Literatura como filosofía creativa. Axiología.
c. Literatura y realidad.
d. El valor de la literatura.
II. Filosofía creativa y grandes bufetes de abogados. Por qué una buena filosofía es económicamente rentable, genera más beneficios.
III. Por qué la persona como operador jurídico con sus caracteres internos y valores es elemento integrante del Derecho.
a. Elaboración jurídica (“aplicación” del Derecho) y valores personales.
b. La ampliación del criterio anterior a través de la comprensión de la persona como raíz del Derecho.
IV. El operador jurídico en el bufete.
V. Antropología (jurídica) básica y el potencial de clientes de un gran bufete.
a. El aporte de Viktor Frankl.
b. El aporte de Erich Fromm.
c. Mirando también desde la perspectiva de Carneggie.
d. Insistiendo sobre las necesidades de sentido y pertenencia.
VI. Hacia una perspectiva que integre la concepción propuesta del Derecho con las tesis antropológicas sostenidas. La consiguiente conformación de una filosofía para los bufetes más prestigiosos… muy rentable y válida para la captación de clientes.
VII. Necesidades humanas (explicadas en apartados anteriores) y el peculiar marco actual de conformación de actividades productivas y de servicios. El papel del gran bufete en este marco.
VIII. La realidad del ejercicio del Derecho en los grandes bufetes costarricenses.
a. Aspectos a destacar.
b. Factores a considerar.
c. Limitaciones y oportunidades.
IX. Sobre la vocación actual de Costa Rica para la legislación y la jurisprudencia.
X. Aplicación de lo anteriormente explicado a un área del Derecho dejada de lado por el momento… pero muy rentable e importante para los futuros bufetes prestigiosos que deseen aprovecharla.
XI. Bibliografía.
III. Constatación de la Necesidad de Elaborar una (Renovada) Teoría General del Derecho Patrimonial para la Asesoría Jurídica en la Nueva Economía.
Planteamiento del tema.
Fundamentos del Derecho Patrimonial.
Comprende:
- Un análisis general, desde la Filosofía del Derecho de libre mercado, de la actividad del ser humano con relevancia patrimonial (distribución y generación de los medios de producción, creación de riqueza, apropiación, transmisión, distribución, etc.)
- La creación del Derecho Patrimonial como categoría de la Teoría General del Derecho, incluyendo su incardinación sistemática.
- El análisis dogmático de las normas costarricenses que regulan los fundamentos de la actividad del ser humano con relevancia patrimonial.
Justificación.
A- Personal. El interés por el conocimiento del Derecho privado y la esfera jurídica del libre mercado.
B- Académica. La admiración por los Fundamentos del Derecho Civil Patrimonial de Luis Díez-Picazo y Ponce de León (ilustre Profesor civilista y anterior Magistrado del Tribunal Constitucional español) , cuya importancia ha sido destacada por Eizaguirre . La misma lleva al suscrito a percibir la conveniencia de ampliar las pocas pero importantes páginas iniciales de la obra, dedicadas, justamente, a los Fundamentos en sentido estricto del Derecho Civil Patrimonial. Es precisamente el apartado más abstracto y básico de la materia, el que sienta la base jurídica (desde la Filosofía del Derecho, la Teoría General del Derecho y la Dogmática Jurídica) de lo que significa la actividad de relevancia jurídico-patrimonial para el ser humano, comprendiendo fundamentalmente aspectos privatísticos, pero sumando además los aspectos relevantes del Derecho público.
C- Profesional. El esclarecimiento de esta materia tan importante sienta la base sobre la cual opera el Derecho ambiental, pues el mismo comprende la actividad de la persona para la creación de riqueza, desde la óptica del desarrollo sostenible.
IV. El Paradigma del Capitalismo.
El paradigma del capitalismo humanista no ha sido elaborado desde círculos socialistas o contrarios a la libertad de empresa. Por el contrario, dicho paradigma responde a la labor de destacados empresarios expertos en la Corporate Governance. Ello plantea una doble necesidad: Por un lado, crear el instrumental de doctrina jurídica apropiado para traducir al Derecho los requerimientos del Capitalismo Humanista (teoría del Derecho Patrimonial). En segundo lugar, abordar el papel, necesariamente activo, que los Bufetes Estratégicos han de asumir asesorando a las empresas de cara al Corporate Governance que requiere este paradigma. Ello irá tanto en beneficio del medio ambiente, como de los beneficios a largo plazo tanto de las empresas, como de los Bufetes Estratégicos que las asesoren.
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martes, 29 de mayo de 2012
Educación y Alemania.
La importancia para la enseñanza de humanidades de la cultura alemana:
Sobre la necesaria presencia cultural alemana en Latinoamérica y el papel del embajador alemán
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I. Introducción.
Vivimos en un mundo desprovisto de fronteras. El globo terráqueo nunca ha sido tan internacional como hasta ahora. Las personas se mueven de un país a otro con gran facilidad. En un mundo internacional se necesita un nuevo paradigma que legitime el importante papel de las señoras y señores embajadores de Alemania en los distintos países y, por tanto, su papel en este país.
La cultura presente en más naciones del globo terráqueo anima a las personas a basar su identidad en una cultura mundial inclinada del lado americano, donde las personas forjan el sentido de sus vidas en las cosas que poseen, en su estatus social, y en la opinión que los demás tengan de uno. Esta opinión de los demás se manifiesta de diversas formas, como en la pareja que se tenga, la fama, el prestigio, la pertenencia a ciertos clubes, clases sociales o grupos sociales, etc. Como bien señaló el brillante intelectual alemán (austríaco) Erich Fromm, la cultura dominante lleva a las personas a basar su autoestima en lo que tienen y no en lo que son como seres humanos dotados por igual de una dignidad humana inclaudicable.
Dado que la mayoría de los occidentales basan su identidad en “valores” superficiales, no tiene sentido para ellos dar importancia al hecho de que su nacionalidad sea la de un determinado país. Esto influye inevitablemente en los alemanes…
Si da lo mismo ser de un país o de otro, dado que supuestamente lo importante es el dinero, la opinión de los demás, el estatus o cualesquier otro “valor” superficial, entonces, ¿qué sentido tiene ser alemán? ¿Sirve de algo ser alemán? ¿Tiene sentido seguir participando de la cultura alemana si uno vive en otro país? Todo esto puede colocar en una crisis el papel de las señoras y señores embajadores de Alemania en otros países, dado que pierde sentido el ser fiel a lo que representa Alemania si vives fuera del país.
Hay quienes consideran que el papel del embajador se centra en constituir un representante comercial de los intereses alemanes en Costa Rica. Este mandatario goza de una influencia mayor por estar respaldado por el Gobierno Federal teutón. El juicio personal de quien escribe estas líneas consiste en sostener que esta manera de entender el papel del embajador más bien profundiza la crisis, el cuestionamiento de por qué Alemania gasta el dinero de los contribuyentes teutones en destinar embajadores hasta a los países más pobres, como es el caso de Costa Rica. Dado que los países centroamericanos no son tan rentables para las empresas alemanas como otros países (esto suponiendo que, de algún modo, la conexión con Centroamérica continúe siendo rentable a estos efectos), entonces, ¿qué sentido tiene que el Excelentísimo Señor Embajador se esfuerce noblemente por representar al país en Costa Rica? ¿De qué sirve destinar embajadores a los países latinoamericanos?
Existe un segundo motivo por el cual la concepción del papel de la señora y el señor embajador como principalmente un representante comercial teutón más bien establece las bases para una posible crisis futura a nivel mundial en torno al papel de los embajadores. La estructura psicológica de los seres humanos determina que una persona trabaje o actúe con un rendimiento mucho mayor si esta realiza esa actividad guiado por una motivación primaria. Una motivación meramente secundaria realmente no garantiza un rendimiento aceptable a largo plazo. Motivación primaria quiere decir que uno realiza una cosa porque esa cosa es considerada como importante en sí misma para la persona que la realiza. Por ejemplo, hablar con la persona que es un verdadero amiga/o, es algo que llevamos a cabo con una motivación primaria, porque nuestro amigo/a es importante por sí misma para nosotros. En cambio, una motivación secundaria representa algo que se hace solamente porque nos ayuda a conseguir otra cosa que sí es importante para nosotros. Por ejemplo, son muchísimas las personas que laboran en sus trabajos solo por una motivación secundaria. Trabajan en ese empleo para ganar dinero; ganar dinero es lo que realmente quieren, pero el trabajo que hace no les importa realmente y, en ocasiones, hasta lo odian. En mi propia vida pude comprobar que, cuando uno realiza un trabajo que no ama, el rendimiento a largo plazo es mucho más bajo que si la persona lo lleva a cabo con una motivación secundaria.
La gestión de las señoras y señores embajadores teutones ha de ser una labor impulsada por una motivación primaria, si es que realmente se desea que esa gestión cuente con un rendimiento alto a largo plazo.
No existe ningún inconveniente en que el Excelentísimo Señor Volker Fink defienda los intereses comerciales de Germania. Hacerlo ayuda a los trabajadores que laboran al otro lado del Atlántico. La gestión comercial es una causa noble. Pero no puede ser la única. Para que la gestión comercial llegue a estar respaldada por una motivación primaria, se necesita que el Excelentísimo Señor Fink persista entendiendo su papel como uno que va mucho más allá de una representación comercial, o como una “máquina de hacer dinero para Alemania”. La causa noble que como motivación primaria empujará hacia adelante al Sr. Fink, implicará también que dicho Excmo. Señor pueda continuar desplegando a largo plazo un buen rendimiento en su gestión comercial.
II. La razón que me lleva a tratar este tema.
¿Cuál es esa causa noble que puede impulsar la actividad de las señoras y señores embajadores de Alemania? Para responder a esta inquietud he de tratar la cuestión de por qué he decidido escribir sobre este tema, qué me lleva a hacerlo si yo no soy teutón ni tengo familia alemana. En la primera carta abierta que escribí al Señor Embajador (la que trata sobre el tema de la importancia para Alemania del mensaje del vetusto texto de Ezequiel 18), señalamos cómo Nietzsche demostró que no existe un conocimiento objetivo, cierto, verdadero en sí mismo, sino que inexorablemente nuestra biografía personal: características psicológicas, valores, etc. configura necesariamente nuestras ideas. Recalqué que mis valores configuran el centro de mi vida, el cual es el compromiso con el crecimiento personal en la causa de los derechos humanos. En dicha carta abierta manifesté asimismo lo siguiente:
“Esto quiere decir que a mi juicio la causa por los derechos humanos debe mucho a los alemanes, y que el hecho de que los alemanes puedan avergonzarse de su cultura, y traicionar por tanto los valores positivos que residen en la cultura teutona, constituiría un golpe sumamente grave a los derechos humanos”.
El largo período de tiempo durante el cual me familiaricé con las creencias y pensamiento de mis antepasados judíos y de ciertos pensadores hebreos actuales, me llevó a darme cuenta de aquellas enseñanzas que resumen y traducen en términos actuales el contenido del “Antiguo” Testamento como el compromiso con los derechos humanos. Este período de mi vida me ayudó a darme cuenta que el centro de mi existencia es la lucha por tener una vida cada vez más comprometida con los derechos humanos.
Una vez que tuve claro esto, indagué durante mi tiempo libre cuáles eran las “herramientas” con las cuales podía construir una renovada vida centrada en la justicia. Aquí la palabra “herramientas” quiere decir las fuentes de fuerzas interna necesarias para sobreponernos a todo el dolor que hay en el mundo, de modo que podamos encontrar curación para aquellas heridas internas que se puedan sanar y, sobre todo, tener algo de qué asirnos, algo que nos dé fuerzas para continuar adelante en la causa de la justicia (derechos humanos) a pesar de toda la injusticia que reside en el mundo, y que hiere a mi persona y a los demás seres humanos. Esta fuerza interna se llama resiliencia. Con el tiempo me di cuenta que el aporte del psiquiatra alemán (austríaco) Viktor Frankl es muy importante para encontrar esta resiliencia. Hallar un sentido para la vida persona, entendiendo por “sentido” aquello que señaló Frankl, provee al individuo con recursos de resiliencia con los que no podía contar antes.
La lectura de pensadores hebreos que realizaron un aporte positivo a las humanidades, me llevó a Emilio Durkheim, y a un libro clave en la formación de la sociología: El Suicidio.
III. La anomia protestante
En dicho libro Durkeim trató el tema de por qué las personas que viven en la Europa protestante tienen índices de suicidio mucho más altas que los de los países católicos. La obra de Durkheim concluye demostrando que esta tasa mayor se debe a la influencia del protestantismo. Sin embargo, la reflexión que realicé por mi cuenta me llevó a darme cuenta que esto no constituye en realidad un motivo de rechazo del aporte positivo que el protestantismo ha realizado a los países protestantes europeos. Por el contrario, llegué a la conclusión que los derechos humanos en el sentido en el que hoy los entendemos nacieron con el protestantismo, y que, para que sobreviva la causa de los derechos humanos, se necesita que los alemanes permanezcan fieles a los aportes positivos que el protestantismo ha realizado a la cultura alemana. No se trata que los alemanes católicos dejen de ser católicos, ni que los ateos ya no sean ateos. Por el contrario, lo que se requiere es que todos nos hagamos conscientes del aporte indispensable que el protestantismo realizó al compromiso secular con los derechos humanos. Es decir, el aporte protestante en materia de derechos humanos significa que este ayuda a los protestantes a ser buenos protestantes, a los católicos a ser buenos católicos, a los agnósticos a ser buenos agnósticos, y a los ateos a ser buenos ateos. De hecho, la manera en que la mayoría de los católicos alemanes entienden su vida, está íntimamente ligada a la manera en que el protestantismo ha colaborado a hacer de los católicos mejores católicos. Un protestantismo bien entendido nos libera del riesgo de suicidio que nació como subproducto del protestantismo, y a la vez nos capacita a respetar mejor los derechos humanos, y a encontrar fuerzas internas para vivir entregados a esta noble causa.
Podríamos señalar en términos generales que la manera en la que la gran mayoría de las personas se entendía a sí misma antes de la Reforma Protestante, era tal que la cosmovisión (Weltanschaung), la manera de entender la vida, de las personas se basaba en que la persona era, antes que nada (a priori) miembros de la comunidad en la cual vivía. Esta comunidad era la Iglesia Cristiana (católica) y el Impero Romano Germánico. Esta comunidad era la fuente, no solo del sentido de pertenencia del ser humano, sino también de los valores, leyes, propósito y sentido (en la acepción de Frankl) de sus vidas. Las enseñanzas de Lutero hicieron que las personas de la Europa protestante se dieran cuenta que ellas no eran miembros a priori de la Iglesia católica organizada. Los seres humanos son individuos, es decir, seres humanos que son antes que nada (a priori) miembros de Cristo, no de la Comunidad.
(Lutero intentó reformar la Iglesia organizada y no crear una nueva Iglesia. Sin embargo, cuando el catolicismo romano rechazó sus enseñanzas, él no se sometió a la Iglesia, sino que rompió con ella y estableció nuevas congregaciones que no fueron romanas. De esta manera Lutero manifestó que los deberes individuales hacia D-os son más importantes que las necesidades de la comunidad. Es decir, la vida de Lutero demostró que el individuo tiene que forjar una vida alrededor de lo que ella o él consideren que es justo, sin que puedan dejarse manejar por las necesidades de su comunidad).
Para Lutero, pues, cada persona es una sacerdotisa y como tal tiene la responsabilidad de decidir qué es lo bueno y qué es lo malo para su vida. Cada humano tiene el deber individual de orientar su vida escogiendo su trabajo, la vocación para su tiempo libre, su pareja, y asumiendo toda clase de decisiones por sí misma.
El propósito y el sentido de la vida son extremadamente importantes para el humano, tal como mostró Frankl. Estos fundamentan nuestras vidas, sanan nuestras heridas internas, y nos proveen de las fuerzas para continuar adelante con nuestra vida a pesar de todas las injusticias y el dolor que imperan en el mundo (resiliencia). Antes de Lutero la comunidad era el sentido de la vida del ser humano. Después de Lutero la persona se convierte en individuo, y se queda solo, y tiene que desarrollar por sí mismo aquello que brinde sentido para la vida. Esta es la causa de la anomia. Anomia significa a-nomos (literalmente, “falta-vacío de ley-reglas”); es la pérdida de normas, criterios, estándares, tradiciones con las cuales se fundamenta una vida y se construye una existencia (si dices I have got a life afirmas que has encontrado un nomos para construir una vida). Esto causa un vacío interno. Hasta Lutero la comunidad era el nomos de las personas. Después de Lutero el individuo se queda solo, sin nomos, y tiene que llenar por sí misma el gran vacío que queda en su vida.
Con el protestantismo el individuo se separa axiológicamente (es decir, en el plano de los valores) de la comunidad y de todo grupo, y se queda sin el sentido de la vida que antes la comunidad le daba para llenar su vida. Pierde, pues, la persona, los valores, TRADICIONES, reglas y criterios para orientar la vida que antes le daba su comunidad. Estos criterios escogían por él un trabajo, pareja, comportamientos, etc. Ahora la persona se queda sola, queda suelta al mundo por sí misma, y fruto de su relación individual con D-os tiene que desarrollar un sentido para su vida, así como moral, pautas para escoger un trabajo, una vocación para el tiempo libre, criterios para tomar todas las decisiones que tenemos que realizar en la vida… Esta anomia causada por el protestantismo no solo dio nacimiento al individualismo tan característico de los países europeos protestantes, sino también una soledad íntima, desarraigo… y la fuente de suicidios como explicó Durkheim.
IV. El nacimiento del individuo comprometido con los derechos humanos
La anterior pareciera ser una crítica devastadora del luteranismo, y una paradoja: una liberación que causó la muerte. Sin embargo, esta anomia constituye un legado extremadamente valioso que Lutero brindó al mundo. La persona tiene, por una parte, el deber ético de llenar su vida con aquel sentido que lo mantenga a salvo del suicidio y, de otro lado, esta misma anomia es la fuente del reconocimiento de algunos aspectos de los derechos humanos que no estuvieron presentes en la Edad Media.
Durkheim explicó la razón por la cual los países protestantes avanzaron mucho más que los católicos en la educación de todos los estratos de la sociedad. Dado que el fundamento de la vida protestante es la relación individual de D-os a través de la lectura de la Biblia, entonces el enseñar a leer y escribir a las multitudes es importante para que cada uno pueda leer la Escritura y construir una vida alrededor de lo que la persona aprendió de la Biblia. Por ello enseñar a leer fue una gran prioridad en los países protestantes. Esto no sucedió en los países católicos, donde la persona construía su vida basándose en lo que la comunidad le indicaba que debía hacer.
Nietzsche, el mayor enemigo del judeocristianismo, aceptó que individuo como tal (es decir, separado axiológicamente del rebaño-comunidad-) es una muy reciente creación. El nacimiento del individuo pudo haber tenido sus precedentes en la recuperación de la Antigüedad que llevó a cabo el Renacimiento, pero definitivamente el protestantismo, como se explicó, supuso el nacimiento del individuo. Y no solo el individuo nació gracias al protestantismo, sino que nació una persona comprometida con los derechos humanos. Esta es la razón por la cual Nietzsche odia el protestantismo, porque ese filósofo es el enemigo de los derechos humanos.
Lutero fue determinante en el nacimiento del individuo como tal, y de un individuo comprometido con su relación personal con D-os. Si tuviéramos que traducir en conceptos modernos el significado de esta relación, diríamos que es una relación con los derechos humanos, con la dignidad humana, porque el centro de la Biblia es el compromiso con los derechos humanos, y estos han de ser el corazón de nuestras existencias.
La dignidad humana, tal como la entendemos en la actualidad, es inseparable del descubrimiento de este individuo como tal, separado axiológicamente del rebaño. Gracias a Lutero entendemos hoy que la dignidad humana significa que cada uno de los humanos como individuos que somos, tenemos el derecho (y la responsabilidad) de decidir por nosotros mismos, sin la intervención de los demás, cuál es la fe correcta, cuál es la moral justa, cuál es el sentido de la vida que asumimos para nosotros, con qué tradiciones nos comprometemos, qué hacemos en nuestro tiempo libre (vocación), a qué Iglesia nos comprometemos, y cuáles serán los criterios con los cuales tomaremos todas las decisiones que hemos de asumir a lo largo de nuestras vidas.
Esta es la razón por la cual fue necesariamente un alemán luterano la persona que ha desarrollado la mejor explicación de la dignidad humana. Hablo del protestante Emanuel Kant, especialmente de su obra “Fundamentos de la Metafísica de la Moral”. Allí Kant muestra que la dignidad humana es el compromiso de tratar a cada persona como un fin en sí misma, y NO como un medio o instrumento para otro fin, no importa cuán sagrado, santo, espiritual, patriótico o lo que sea, que este otro fin pueda ser. Este concepto kantiano de la dignidad humana es la base para una correcta concepción de los derechos humanos; también este entendimiento de la dignidad humana constituye el criterio para interpretar el contenido de los derechos humanos, y para resolver los conflictos que suceden cuando un derecho humano choca con otro. Por ello, a raíz de Kant, dignidad humana y derechos humanos son sinónimos.
Esta cultura alemana es indispensable para la causa mundial de los derechos humanos.
La idea de la justificación por la fe es muy importante y tiene un significado profundo para los individuos actuales, incluso para aquellos que piensan firmemente que han perdido o que no tienen la fe, pero que son personas comprometidas con la justicia. Esta enseñanza luterana nos dice que las buenas obras NO son suficientes para construir una vida comprometida con la dignidad humana. Además de buenas obras necesitamos estructuras mentales (esto es, fe) que determinen qué obras se han de llevar a cabo porque son realmente obras que producen un mayor respeto a los derechos humanos; también necesitamos, además de buenas obras, fuerzas internas y externas, así como recursos externos e internos que nos capaciten para realizar estas obras. Esta enseñanza expresada en la metáfora llena de poder de la justificación por la fe es compatible con el hecho de que una persona viva en una crisis de fe. En una crisis de fe nos separamos por completo de cualquier creencia a priori, es decir, de cualquier fe que se coloque por encima de la dignidad humana. Pero es que precisamente esto es lo que significa realmente el concepto de D-os según la Biblia, en la interpretación de Erich Fromm. Por eso el ateo comprometido con la dignidad humana realmente es un creyente, aunque no se haya aun dado cuenta de ello.
V. Hacia una identidad germánica.
¿Cómo podemos construir una vida basada en el compromiso con la dignidad humana? Vamos enumerando los pasos por orden de importancia, comenzando por lo más relevante.
1) Los derechos humanos como el centro de la vida del individuo. NO pertenecemos a priori a ninguna comunidad, tradición o fe. Por ello, desde el punto de vista valorativo (de los valores, axiológico) no tenemos sentido de pertenencia a ningún grupo o cultura. Usando el ejemplo de la filosofía del “como-si” del pensador alemán Hans Vaihiinger, nosotros vivimos como-si (als ob) no tuviéramos un sentido de pertenencia, como-si no fuéramos parte de ninguna sociedad, fe o cultura. Por tanto NO apoyamos incondicionalmente ninguna fe, nación, cultura u organización. Nada se considera más importante que la dignidad humana.
De este modo nos separamos de tantas personas que son europeas, americanas, judías, o lo que sea, antes que personas comprometidas con los derechos humanos. Ellos se consideran, pues, como americanos… a priori, y la necesidad de proteger lo americano, europeo, judío, o lo que sea, es más importante que la justicia. Por el contrario, para nosotros la prioridad número uno son los derechos humanos.
2) Tomamos de cada cultura lo que nos sea de ayuda para forjar una vida comprometida con la dignidad humana. En este sentido somos multiculturales, inspirados por aquel texto de Isaías 6:3-6 que señala que toda la tierra está llena de la presencia de D-os. Esto significa que en cada lugar del mundo podemos encontrar aspectos que son valiosas para la causa de los derechos humanos. Ser multicultural no significa, sin embargo, que pertenezcamos a una cultura internacional solo porque esta sea universal. La dignidad humana está por encima de todo.
3) De todo el acervo cultural del mundo, de todas las fuentes de recursos internos para forjar una vida comprometida con la dignidad humana, con el fin de trabajar en nuestra identidad, damos prioridad a aquella cultura especial a través de la cual podamos realizar una mejor contribución a la causa de los derechos humanos en el mundo. Esta cultura a la que damos prioridad deberá ser la fuente de la mayor parte de la identidad del individuo. Mi convicción personal es que los alemanes tienen el deber ético de escoger como esta cultura especial, prioritaria, a los aspectos positivos de la cultura germana que giran alrededor de la enseñanza de Martín Lutero que resumimos antes.
La filosofía del Profesor y Rabí Eugenio Borowitz ha de ser interpretada en el sentido de que, con el fin de poder forjar una vida comprometida con la justicia que sea una vida fructífera, los seres humanos no solo tienen el deber de ser personas comprometidas en abstracto con la causa de los derechos humanos, sino que los seres humanos tienen también la necesidad psíquica de ser miembros activos de una cultura especial que sea comprometida con la dignidad humana.
(Esto podría ser coherente con el hecho de que Viktor Frankl no señalara como la fuente de sentido para la vida la causa del amor al prójimo, sino que, para él, se requiere que ese compromiso se concrete de una manera práctica; será esa manifestación práctica la que representará un sentido para el individuo, y no la justicia en abstracto. Por ejemplo, no podemos hallar un sentido para la vida comprometiéndonos en abstracto con los derechos humanos, pero sí descubrimos un sentido si este compromiso nos lleva a cuidar a nuestros padres; este valor de relación –con los padres en este ejemplo- sí constituirá un sentido para el individuo. De lo anterior se desprende que no es suficiente con comprometerse en abstracto con la causa de los derechos humanos para encontrar las fuerzas internas y la resiliencia necesaria para vivir este compromiso. La causa abstracta tiene que manifestarse en un sentido concreto. La manera de canalizar este sentido concreto es la participación en una cultura especial).
Esta cultura especial, a la que se da prioridad, será la fuente de recursos de resiliencia individuales y colectivos que harán capaces al individuo de vivir toda su vida comprometida con los derechos humanos, sobreponiéndose a todas las injusticias y dolor que reinan en el mundo, sin traicionar su compromiso con la justicia al desmoralizarse totalmente por las injusticias que uno recibe. A través de esta participación activa en una cultura con aspectos positivos para la causa de la dignidad humana, podemos encontrar sanidad para nuestras heridas internas, fuerza para continuar adelante en el largo proceso de muchos años de luchar pacíficamente por la causa de la dignidad humana, así como un sentido para nuestras vidas, y paz interna. Esto también incluye las fuerzas para animar a las generaciones sucesivas a escoger el bien. La causa por la dignidad humana debe ser una concatenación intergeneracional.
(¿Cómo es que podemos encontrar sanidad interna de nuestras heridas a través de la participación en una cultura especial? Las personas encuentran salud interna a través del arte. Aquí “arte” ha de ser entendido en su sentido amplio, que incluye hasta la participación en cultos significativos cuyo centro sea el amor al prójimo. Sumergiéndose plenamente en el disfrute de una obra de arte -como puede ser un servicio religioso, Gottesdienst-, la persona encuentra curación interna y fuerzas: resiliencia; además, como señalamos antes, encontrar un sentido para la vida implica realizar un aporte a una cultura, sea del tipo que sea este aporte, como el cuidar de nuestros padres).
Esta escogencia de una cultura especial a la que le damos prioridad no implica ningún chauvinismo, ni cerrarnos a las lecciones positivas y recursos internos que otras culturas nos puedan brindar para capacitarnos mejor para construir toda una vida comprometida con el bien.
Esta cultura especial es el canal a través del cual fluirá nuestra contribución a la dignidad humana mundial como un río de aguas sanadoras.
Así, pues, reitero que considero que los alemanes comprometidos con el bien tienen el deber ético de escoger las culturas germánicas como esta cultura especial a la cual brindarán prioridad. El contenido de las culturas germánicas se centra en los aspectos positivos que se encuentran en la misma, especialmente la dignidad humana desarrollada por teutones como Lutero y Kant. Por tanto, querida/o lector/a, ¡comprométete con tu cultura germana!
El rabí Borowitz cometió sin querer el error de pensar que el noakhita (no-judío) no tiene el deber ético de considerarse a sí mismo una persona que tiene una prioridad de hacer una contribución a esa cultura especial a través de la cual su aporte a la causa de la dignidad humana pueda ser más fructífera. El rabí Borowitz, sin querer, se olvidó de las personas que no son hijas de judías o que no se han convertido rabínicamente al judaísmo. El rabí Shaul (pop. “San Pablo”) acertó al señalar que los gentiles comprometidos con la justicia son realmente miembros del pueblo de D-os, un pueblo con un pacto especial que los lleva a luchar por el amor al prójimo. De todos modos, la contribución del rabí Borowitz es muy importante.
El rabí Mardoqueo Kaplan nos enseñó que un compromiso efectivo con la justicia es un compromiso compartido por un grupo de personas que deciden trabajar juntas. (Desde nuestra perspectiva podríamos decir que el compromiso con la dignidad humana es un compromiso esencialmente individual, pero al mismo tiempo nos motiva a compartir este compromiso con otros, haciendo de esta manera dicho compromiso uno también colectivo). Este compromiso colectivo no nace rápidamente, sino que es un proceso de trabajo intergeneracional. Es cierto que hoy gocemos de un respeto de los derechos humanos mucho mayor que antes, incluyendo la Antigüedad. (El adversario Nietzsche explicó realmente de qué trata el paganismo: la cultura de la opresión, y por eso él abogaba por un retorno al pensamiento de la Antigüedad para sustentar una cultura opresiva). Esto no sucedió por una revelación repentina. Por el contrario, se trata de un proceso muy largo que comenzó hace varios milenios con lo que llegó a ser conocido después como el pueblo hebreo.
Las culturas germánicas cuentan con un mayor respeto a la dignidad humana que otras culturas, como por ejemplo las latinas. De hecho, nuestra manera de entender la dignidad humana se basa en el pensamiento alemán de Lutero. Los países germánicos gozan de medio milenio de experiencia inspirada por esta comprensión de los derechos humanos (Menschenwürde-Menschenrechte). Si la causa de la dignidad humana ha de sobrevivir (ruego que así sea), entonces se requiere que las personas germanas europeas continúen siendo leales a los aspectos positivos de su cultura: el entendimiento individual de la dignidad humana y el compromiso con la justicia social. Sin las culturas germanas, el mundo perdería el mayor testigo y el mayor luchador por la causa de la dignidad humana, y por tanto perdería un ingrediente clave para la propagación y profundización de los derechos humanos.
Lo que hemos señalado antes no quiere decir que veamos a Alemania o al luteranismo con ingenuidad. De hecho, la mayoría de los alemanes considerados luteranos no lo son realmente, e incluso muchos que realmente son luteranos tienen que luchar contra el mal que reside dentro de ellos mismos, y frecuentemente pecan, es decir, se desvían del compromiso con el amor al prójimo. Lo que trato de decir es que existe una minoría de seguidores de las enseñanzas de Lutero que están comprometidos con la justicia, y esta minoría es la que hace que las culturas europeas germánicas sean diferentes de las demás culturas del mundo, porque en este sentido las culturas germánicas pueden hacer mucho por la cultura de la dignidad humana.
Las ONG’s han aceptado que lo que realmente necesitamos en la actualidad es una cultura de solidaridad, esto es, una cultura no solo de obras justas, sino una cultura integral que fortalezca a las personas en el compromiso con la causa, y que también haga posible que se realicen más y más obras de solidaridad. Mi convicción personal es que los aportes positivos de la cultura alemana centrados en la enseñanza de Lutero, constituyen esta cultura de la solidaridad de la que el mundo tanto necesita. No se trata de que los latinos se conviertan en alemanes, sino que los alemanes sean fieles a su cultura, incluyendo el aporte luterano, y que por tanto inspiren a las personas de los demás países a comprometerse con este entendimiento renovado de lo que significa la dignidad humana.
4) De acuerdo a las ciudades o lugares donde la persona tenga la posibilidad de vivir, ella ha de escoger como lugar de residencia esa localidad donde pueda realizar una mejor contribución a la causa mundial de la dignidad humana de acuerdo a las características, talentos y necesidades de la persona. El ser humano ha de evaluar las tres diferentes fuentes de sentido en la vida señaladas por Viktor Frankl, y decidir cuál es el lugar donde estas fuentes de sentido las puede realizar mejor en conformidad con la causa de la justicia. Esta escogencia de un lugar para vivir también marcará la identidad del individuo. Estos mismos criterios han de ser empleador con el fin de escoger a cuál Iglesia de esa localidad se unirá la persona. Si dicho ser humano tiene influencia en la decisión respecto a cuál denominación se habrá de afiliar la Iglesia local, la denominación escogida habrá de ser aquella a través e la cual la congregación local podrá realizar una mejor contribución a la causa de los derechos humanos.
Si comparamos las culturas germánicas con las latinoamericanas, notaremos un claro contraste en la manera en la que son educados l@s nin@s. De un modo muy esquemático podría apuntar en la siguiente dirección: A los infantes latinos se nos educó con una dependencia emocional hacia los padres u otras personas. Se nos formó como elementos de un grupo de personas, siendo más importante el grupo que el individuo. De este modo la identidad de la persona se basa en la relación y dependencia de los demás. Por el contrario, l@s niñ@s germánicos son criados con una personalidad mucho más sana. La identidad germana se basa en la independencia del individuo. Por lo general son infantes más seguros de sí mismos, independientes, autónomos, que dirigen sus propias vidas. La personalidad germana es más sana. Por ello los latinos viven con sus padres mucho más tiempo que los teutones, y aun viviendo separados, todavía basan su identidad en algún grupo al que pertenezcan, más que en su condición de individuos independientes y autónomos. Este carácter más sano de la personalidad germánica se basa en el legado cultural de Lutero. La formación que reciben los infantes teutones es el resultado de un largo proceso de muchas generaciones, que lleva como resultado el vivir mucho más cercano al compromiso con la dignidad humana, con los derechos humanos. El primer derecho humano es a tener una personalidad autónoma, libre de ataduras o dependencias emocionales con los padres o con el grupo al cual uno pertenezca. Dado que el aporte positivo de la cultura teutona tarda tantas generaciones en producirse, y dado que es tan delicado el equilibrio psíquico del que depende para que una persona siga siendo fiel a su identidad individual, es muy importante que los alemanes vivan su cultura, es decir, que se liberen de la culpa de ser alemanes, y conserven en sus vidas todos los buenos aportes de la cultura germana, y estén diariamente en contacto con manifestaciones de la cultura alemana, y no pierdan ellos, ni sus hijas o hijos, el carácter alemán que tiene que tener su vida en virtud de su relación constante con la cultura teutona, aunque ellos vivan fuera de Alemania.
VI. Construyendo una vida alemana en Latinoamérica. ¿De qué sirve ser alemán si uno vive en Latinoamérica?
La teología latinoamericana de la liberación ha marcado un hito en el pensamiento secular. El compromiso con la justicia social de esta teología pone en un diálogo fecundo a todas las diversas ciencias sociales, y orienta esta interdisciplinariedad en el compromiso con un mundo donde haya más justicia. Por tanto esta teología es ya parte del pensamiento secular, es decir, es compartido tanto por creyentes comprometidos con los derechos humanos, como con ateos o agnósticos que impulsan la dignidad humana. Muchos dentro de este movimiento consideran que las raíces del mal constituyen aquellas estructuras internacionales que hacen posible un bienestar sin precedentes para unos pocos, y una indiferencia hacia la muerte de tantas personas por falta de una nutrición o salud adecuadas, o bien otras violaciones de los derechos humanos. Sin embargo, en realidad la raíz del mal no es el acervo de estas estructuras injustas de creación y distribución de la riqueza… y de la pobreza. La contribución del luteranismo ha sido el poner el énfasis en que la raíz del mal es lo que hace posible esas estructuras, esto es, el mal que reside en el corazón de las personas, influenciándolas a escoger el no luchar contra la tendencia humana a la injusticia, esto es, a violar la dignidad humana tratando a los humanos como objetos o instrumentos para lograr nuestros deseos. Esto es aquello que la Biblia llama “pecado”. El luteranismo coloca el énfasis en el lugar correcto, y entonces ha formulado la mejor manera de crear un mundo mejor, liberándonos del pecado.
De todo lo señalado en esta carta se desprende que la mayoría de las personas que viven en los países germánicos de Europa tienen el deber ético de vivir en ese lugar con el fin de poder construir una vida plena en una cultura acorde con el compromiso con la dignidad humana, esto es, en una sociedad configurada por tantas personas que, a lo largo de muchas generaciones, han configurado una cultura comprometida con la dignidad humana. Sin embargo, tiene sentido que una minoría de alemanes vengan a vivir a lugares como Latinoamérica con el fin de unirse a aquellos latinoamericanos que recientemente han experimentado en sus vidas el aporte del luteranismo para la dignidad humana, así como para cooperar con aquellas personas que viven la teología latinoamericana de la justicia social. Estos latinoamericanos que han experimentado recientemente el luteranismo, así como los hispanoamericanos que viven la teología latinoamericana, necesitan toda la ayuda posible, por lo que les hace bien el aliento, los consejos, la inspiración y el empuje de alemanes cuyas vidas se centren en los derechos humanos.
De este modo las personas alemanas que viven en Latinoamérica cuentan con una posición muy importante, ya que por la extraordinaria combinación que se produce entre su cultura alemana y el lugar en el que viven, pueden refundir en una sola vida dos diferentes ramas muy importantes para el compromiso con los derechos humanos: el mensaje de la individualidad centrada en la dignidad humana, y la teología orientada a la justicia social.
Estoy convencido que aquellos alemanes que viven en este continente tienen el deber ético de mantener viva dentro de sí mismos la cultura alemana, concretamente sus aportes positivos. Por ello creo que los alemanes tienen la obligación de apoyar las actividades culturales alemanas que la Embajada u otras entidades lleven a cabo. Los teutones deben reunirse periódicamente con sus compatriotas, compartir su vida con ellos, con el fin de mantener vivos dentro de sí mismos los aportes positivos de la cultura germana. No solo deben cuidarse de no perder el contacto con su cultura, sino que también deben educar a sus hijas e hijos, nietas, nietos… en la cultura alemana. Esto es muy necesario para que sobreviva a largo plazo el compromiso con los derechos humanos.
Por esto considero tan importante el que Alemania mantenga una embajada en este país. Por todo ello, Excelentísimo Señor Embajador Volker Fink, su elevada responsabilidad es sumamente importante.
VII. El Papel del Honorable Señor Embajador
Esta es la causa noble que ha de impulsar a los embajadores teutones en Latinoamérica. Su labor es noble y es muy importante. No podemos abrir un portillo para que en el futuro pudiese entrar en crisis la identidad y la labor de las señoras y señores embajadores. Es importante que el Embajador realice su función guiado por una motivación primaria. Esto es imprescindible a mi juicio.
El Señor Embajador Volker Fink es el protagonista, el eje alrededor del cual han de converger todas las iniciativas destinadas a que los alemanes que residan en Costa Rica, y que deseen comprometerse con el bien, puedan fortalecer su identidad teutona, así como renovar y mantener vivos dentro de sí los diversos aportes tan positivos de la cultura germana.
Por ello la principal labor del Señor Embajador Volker Fink es, a mi juicio, un trabajo cultural. Esto es de gran importancia para la causa de los derechos humanos a largo plazo.
Al principio de esta misiva señalamos también que la causa noble por la que abogamos va a resultar también positiva a largo plazo para la gestión comercial del Señor Embajador. El motivo de ello es que el entender como noble el puesto del Embajador le confiere una dignidad muy especial, y lo impulsa a realizar su labor comercial con una motivación primaria. Ya no existe la posibilidad de que las personas sientan la labor de representación comercial como una “fabricación de dinero”. Por el contrario, la gestión comercial es una parte importante de una causa muy noble, el fortalecimiento de la cultura alemana en las personas teutonas, y también no germanas, que viven en este continente. Lo que impulsa la representación comercial no son intereses superficiales, sino el compromiso con la causa de que los alemanes de allá, y los que viven aquí, puedan ganar su pan diario, dado que se venderán más productos alemanes. El trabajo, la producción, y la correcta venta de eso que se produce, es parte integral de una cultura comprometida con la dignidad humana.
Los mejores historiadores reconocen que la historia no es neutral. La labor de la persona que investiga la historia refleja necesariamente sus características internas y sus valores. De este modo para nosotros la historia teutona no es un grupo de fechas y nombres, sino la convergencia en una cultura de dos corrientes que han llegado a formar una unidad inseparable. Por un lado está el nacimiento del individuo y de la dignidad humana. De otro, el compromiso con la justicia social. Ambos son inseparables y son los pilares del compromiso germano con los derechos humanos.
El Excelentísimo Señor Embajador en Costa Rica es el representante de esta gran cultura en Costa Rica, así como el promotor de la misma en los costarricenses y en los alemanes. El que su gestión comercial contribuya a que los alemanes puedan ganarse el pan diario es una base necesaria para que esta cultura pueda mantenerse con vida, y llegar a diversas regiones del globo terráqueo.
Alemania debe ser liberada de la culpa. Los alemanes deben ser liberados, así como las personas que se han visto afectadas por una imagen internacional negativa de los teutones; dicha imagen es falsa. Por el bien de los derechos humanos, las personas de todo el mundo han de conocer la verdad, y abrirse a los aportes positivos que son las culturas germánicas. Esta es la noble labor del Excelentísimo Señor Embajador, y esta es su elevada misión y su puesto tan importante para los costarricenses y para los alemanes.
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Apuntes de Responsabilidad.
Apuntes sobre la Responsabilidad Ambiental
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1. Consultada la página del Poder Judicial los días 31 de agosto y 1º de setiembre del 2009, se determina que no existe sentencia alguna, de ninguna de las Salas de la Corte Suprema de Justicia, que base su ratio decidendi en los artículos 45, 54 ni 109 de la Ley de la Biodiversidad, ni tampoco en el precepto 101 de la Ley Orgánica del Ambiente. (Nota: las dos sentencias 112 y 113 del 11 de octubre de 1995 citadas por el Prof. Zeledón sobre la responsabilidad en materia de quemas, no son aplicables a la consulta formulada; la primera, porque declara expresamente que en materia de quemas la legislación establece responsabilidad objetiva; respecto a la segunda, quien incumple es la Administración, por lo cual se aplica el régimen de responsabilidad objetiva de la Administración según dispone la LGAP).
2. El voto del Tribunal Contencioso Administrativo N° 19-2009-S.X de las once horas y cincuenta y nueve minutos del trece de febrero del dos mil nueve, Exp. N° 03-685-163-CA, establece varios aspectos interesantes:
a. De un mismo hecho pueden nacer diversos géneros de responsabilidad como la penal y la administrativa, pudiéndose llevar a cabo procesos diferentes para determinar lo procedente según las normas de responsabilidad propios de cada uno de los órdenes.
b. Existe responsabilidad por omisión de los propietarios de un inmueble incluso cuando una tercera persona entra a su propiedad y causa un daño ambiental. Este voto, aunque expresamente excluye la aplicación de responsabilidad objetiva, implícitamente la admite, pues utiliza un concepto de “responsabilidad por omisión” que implicaría que un propietario estuviese personalmente veinticuatro horas al día inspeccionando el fundo para evitar daños ambientales. Por ello es que a efectos prácticos está imponiendo al propietario una responsabilidad objetiva en materia ambiental:
“Tercer agravio: El apoderados de los actores indica que en la sentencia impugnada, se aplican e interpretan erróneamente los artículos 98 y 101 de la Ley Orgánica del Ambiente, dándosele a dichas disposiciones alcances que no tienen. Se transcribe el texto del art. 101 y se dice que en el caso en concreto, no se posible que se condene a los actores "al pago civil y a una solidaridad", cuando no se ha sido el causante de las infracciones. Señala que incluso a los actores se les absolvió de los delitos señalados en los artículos 57 y 61 de la Ley 7575. Se señala que el artículo 101 de la ley antes citada es impreciso, siendo que en este caso, los actores no tienen ninguna empresa constituida y mucho menos actividad comercial o lucrativa en la finca. Se concluye indicando: "Siendo así de donde (sic) sacan la norma que establece que nosotros por solo ser propietarios de una finca somos responsables objetivos por acciones que realicen terceras personas. no (sic) puede el juzgado y mucho menos el Tribunal Ambiental Administrativo considerar que este artículo conlleva una autorización para castigar al dueño de la finca por acciones o (sic) omisiones de terceros, que nada tienen que ver con nosotros. Interpretar en contrario sentido es extender la norma a supuestos no contemplados por el legislador, violando el principio de legalidad" (fs. 317-318).-
Tampoco el argumento anterior, puede prosperar. Téngase presente que existe responsabilidad por omisión de los propietarios de inmuebles, que no hayan impedido que se haya cometido el daño ambiental, por aplicación directa de la frase del artículo 101 de la Ley Orgánica del Ambiente, cuyo texto ya citamos, no apreciándose la imprecisión alegada. Aún más, en el caso de los propietarios de una propiedad inmueble que cumple una función ecológica, como es en la que se produjo el daño ambiental, no se encuentra que no exista una aplicación a supuestos no aplicados por el legislador, sino más bien que las resoluciones administrativas cuestionadas, se cumplió con los propósitos de la ley, que son establecer un régimen de responsabilidad amplio, cuando se enfrente el daño ambiental. Tampoco, la existencia de una forma de responsabilidad por comisión (la cometida por Ronny Monge), excluye la responsabilidad por omisión de los aquí actores”.
3. Sostiene la existencia de responsabilidad civil ambiental objetiva respecto a las actividades generadoras de riesgos, la sentencia del Tribunal de Casación Penal Nº 2004-0493, del 20 de mayo del 2004.
“El tribunal de juicio absuelve al encartado en aplicación del principio in dubio pro reo, pero condena a la demandada civil en aplicación de la responsabilidad objetiva y con fundamento en el artículo 1045 del Código Civil. De manera que lo único que se discute en el presente recurso son los aspectos civiles y no los penales. Lo anterior hace que resulte cuestionable la discusión y aplicación de los requisitos de la “Cadena de Custodia”, que es un instituto netamente penal para determinar la legitimidad de la prueba a un tema estrictamente civil, donde operan otros principios y fundamentos. En efecto, como todos sabemos, la responsabilidad civil surge de dos grandes vertientes. Por un lado la responsabilidad contractual, que no es del caso analizar, y por otro la responsabilidad extracontractual. Esta última se compone de la responsabilidad subjetiva y la objetiva. La responsabilidad subjetiva es aquella que surge como consecuencia de un comportamiento doloso o culposo en virtud del cual se produce un daño. Precisamente esta responsabilidad se encuentra expresamente contemplada en el artículo 1045 del Código Civil, el cual señala “Todo aquel que por dolo, falta, negligencias o imprudencia causa a otro un daño, está obligado a repararlo junto con los perjuicios”. De donde se colige que resulta indispensable demostrar tanto la existencia del daño como la relación de causalidad entre ese daño y la conducta dolosa o culposa. Lo anteriormente expuesto, nos permite establecer que el juzgador un error material al sustentar la responsabilidad objetiva en el citado artículo 1045 del Código Civil, cuando precisamente esa norma se refiere a la subjetiva, yerro que, conforme a lo dispuesto por los artículos 146 y 433 del Código Procesal Penal debe ser corregido en la forma que se dirá seguidamente. En el presente caso surge la responsabilidad objetiva, cuyo punto de partida no es la acción del sujeto sino más bien el desarrollo de actividades industriales, comerciales, agrícolas que aunque lícitas, son causas generadoras de riesgo y fuente potencial de daños. Su fundamento no es subjetivo, sino más bien objetivo en la medida que el interés central no es sancionar o castigar, sino reparar. Progresivamente, el nuevo derecho de daños, con criterios solidaristas, se orienta hacia la objetivación de la responsabilidad y toma en cuenta otros criterios basados en valoraciones económicas, sociales, etc, que impone que el daño sufrido no sea asumido exclusivamente por la víctima y pueda ser trasladado económicamente a un tercero. La idea se centra no ya en sancionar o castigar al autor de la conducta antijurídica, sino en la necesidad de que el daño sea reparado. (Cfr: Ghersi , Carlos Alberto. Teoría General de la Reparación de daños. Editorial Astrea, Buenos Aires, 1997, p 143 y 144.) Según dispone el artículo 41 de la Constitución Política de Costa Rica, “Ocurriendo a las leyes, todos han de encontrar reparación para las injurias o daños que hayan recibido en su persona, propiedad o intereses morales…” De acuerdo con dicha normativa, el fundamento de la reparación no estriba en la culpa o el dolo, sino más bien en la producción de un daño. Norma que se complementa con los artículos 46 y 50 de la misma Constitución. Al respecto el ordinal 46, párrafo final dispone que “…los consumidores y usuarios tienen derecho a la protección de su salud, ambiente, seguridad e intereses económicos; a recibir información adecuada y veraz; a la libertad de elección y a un trato equitativo…”, mientras que el 50 establece: “El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza. Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado. El Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho. La ley determinará las responsabilidades y las sanciones correspondientes” (El subrayado es nuestro). Por su parte, la Ley Orgánica del Ambiente, desarrollando el postulado constitucional, en su artículo 2 inciso d) dispone un principio general a cuyo tenor: “Quien contamine el ambiente o le ocasiones un daño será responsable, conforme lo establezcan las leyes de la República y las Convenciones internacionales vigentes.” Mientras tanto el numeral 59 del mismo cuerpo normativo define la contaminación del ambiente como “toda alteración o modificación del ambiente que pueda perjudicar a la salud humana, atentar contra los recursos naturales o afectar el ambiente en general de la Nación. La descarga y la emisión de contaminantes, se ajustará, obligatoriamente a las regulaciones técnicas que se emitan. El Estado adoptará las medidas que sean necesarias para prevenir o corregir la contaminación ambiental.” Respecto al vertido de material contaminante, que es precisamente lo que estamos discutiendo, artículo 66 de la ley en comentario establece que “ …la responsabilidad de tratamiento de vertidos corresponderá a quien produzca la contaminación…”. Finalmente, el 101 de la Ley Orgánica del Ambiente dispone que “Sin perjuicio de las responsabilidades de otra naturaleza que les puedan resultar como partícipes en cualquiera de sus formas, los causantes de las infracciones a la presente ley o las que regulan la protección del ambiente y la diversidad biológica, sean personas físicas o jurídicas, serán civil y solidariamente responsables por los daños y perjuicios causados…” De la normativa citada se desprende claramente que nuestro legislador ha receptado y materializado el principio tradicional en materia ambiental, conforme al cual “el que contamina paga” con independencia de la existencia de un vínculo subjetivo. Estamos frente aun cambio de paradigma, ya que no siempre la responsabilidad se encuentra fundada únicamente en la teoría de la culpa, sino que el aumento de causas de dañosidad producidas por el desarrollo industrial, comercial y agrícola exponen al ser humano a mayores riesgos. En relación con esta temática y analizando el párrafo quinto del Código Civil, Víctor Pérez señala que " en nuestra jurisprudencia… se ha aclarado que los párrafos 4 y 5 del artículo 1048 del Código Civil no se basan en la responsabilidad por culpa directa o indirecta, sino en la responsabilidad objetiva- es decir sin culpa-, que recae sobre los empresarios de establecimientos peligrosos y los que se dedican a la explotación de los medios de transporte; estos dos reglas son reflejo de la teoría del riesgo. En realidad, con esto, la ley ha tomado en cuenta dos cosas: de un lado, excitar el cuidado de los dueños y empresarios de actividades peligrosas, en el sentido de impedir accidentes y, de otro lado, garantizar mejor el pago de la respectiva indemnización, poniéndolo directamente a cargo de los individuos solventes. Como puede observarse, a diferencia de los casos de "responsabilidad por culpa", la responsabilidad objetiva reside en el hecho de que aquél para su propio provecho crea una fuente de probables daños y expone a las personas y los bienes ajenos a peligros y queda obligado si el daño se verifica…" (Pérez Vargas Víctor. Derecho Privado. San José, Publitex, 1998, p. 416). Desde la óptica práctica, la responsabilidad objetiva se resume en una ventaja a favor del lesionado que significa una inversión de la carga de la prueba, en el sentido de que éste queda exonerado de la carga de probar la culpa o dolo del causante del daño y tampoco requiere probar su falta de culpa, a diferencia de los casos de responsabilidad subjetiva. El fundamento de este tipo de responsabilidad es el reconocimiento social de que ciertas actividades, aún siendo lícitas (por lo que no es requisito el ser antijurídicas) y necesarias dentro del desarrollo social y tecnológico actual, que no puede ni debe ser obstruido, pero que, concomitantemente generan un riesgo -como entidades productoras de eventuales daños- el cual desde luego no debe ser asumido por la víctima o sus allegados, sino más bien por aquel que se beneficia de la actividad riesgosa o de la tenencia de una fuente productora de peligro. Esas empresas, generadoras de peligro para la comunidad y de beneficio para su dueño, constituyen un medio a través del cual se produce el daño a la víctima. De manera que como causante del perjuicio, se encuentran obligados a repararlo. (Sobre la responsabilidad civil objetiva, crf: Voto 085-F-99 del 10 de marzo de 1999, Tribunal Superior de Casación Penal. Voto No: 1262-97 de las 11:30 horas del 14 de noviembre de 1997. Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia. Voto No: 525-F- 2001 del 31 de mayo del 2001, Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia. Igualmente Sala Segunda Civil de la Corte Suprema de Justicia, No: 304 de las 15:10 horas del 4 de octubre de 1973 y 481 de las 10:05 horas de 20 de julio de 1992, del Tribunal Superior Segundo Civil, Sección Segunda). Así las cosas, el argumento central del recurrente en cuanto a que se violó la cadena de custodia en relación con la recolección de muestras no resulta atendible. Tales principios son válidos para establecer la responsabilidad penal, no así para la responsabilidad civil donde aplican otros criterios. Debemos recordar que las muestras de agua no fueron tomadas por miembros del Organismo de Investigación Judicial, ni por oficiales de dicha dependencia. Fueron más bien los miembros de la estación de Guarda costas de Golfito y personeros del Ministerio de Salud quienes se encargaron de dichas diligencias. En todo caso, en relación a los reparos sobre la recolección de agua y sus resultados, la sentencia se pronuncia de manera motivada”.
4. En el mismo sentido se pronuncia también el Tribunal de Casación Penal en su fallo Nº 2005-1278, del 2 de diciembre del 2005:
“Sin embargo, del contexto general de la sentencia se colige que se asume la responsabilidad objetiva, cuyo punto de partida no es la acción del sujeto sino más bien el desarrollo de actividades industriales, comerciales, agrícolas que aunque lícitas, son causas generadoras de riesgo y fuente potencial de daños. Su fundamento no es subjetivo, sino más bien objetivo en la medida que el interés central no es sancionar o castigar, sino reparar. Progresivamente, el nuevo derecho de daños, con criterios solidaristas, se orienta hacia la objetivación de la responsabilidad y toma en cuenta otros criterios basados en valoraciones económicas, sociales, etc, que impone que el daño sufrido no sea asumido exclusivamente por la víctima y pueda ser trasladado económicamente a un tercero. La idea se centra no ya en sancionar o castigar al autor de la conducta antijurídica, sino en la necesidad de que el daño sea reparado”.
5. Se ha de notar que en estas sentencias se absolvió penalmente a los autores pero se los condenó civilmente por parte de la jurisdicción penal.
6. En todo caso, respetuosamente sostenemos que dichas sentencias no han ponderado el artículo 109 de la Ley de la Biodiversidad. Debe aclararse que dicho precepto NO establece un régimen de responsabilidad por culpa con inversión de la carga de la prueba (presumiendo, salvo prueba en contrario, la existencia de la culpa). Si ese fuera el caso, el precepto estaría redactado de forma distinta. De la redacción del texto se desprende que la carga de la prueba que se está invirtiendo es la que se refiere al resultado dañoso del que se acusa a quien se atribuye una acción u omisión que contraviene la normativa tutelar del ambiente (“no permitidas” dice el artículo). Dicho precepto parte de la base de que la simple violación de la normativa hace nacer la presunción de generación del daño. Esto sólo se entiende si se piensa que el artículo naturalmente no está exigiendo la existencia de culpa, pues salta de la infracción al resultado dañoso que se presume, sin exigir ningún otro requisito. De lo anterior se concluye que no es sólo que no aplique la responsabilidad subjetiva, sino que incluso la Ley ya no exige que existan todos los requisitos de la responsabilidad objetiva, pues del sólo hecho de que exista una infracción a la normativa ambiental, se presume la generación de daño ambiental.
Formación de Juezas (Apuntes Preliminares).
LA JUEZA EN FORMACIÓN ANTE EL SISTEMA JURÍDICO, I:
Introducción
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A las Honorables Juezas en formación.
I. Introducción.
Escuchemos las palabras del Profesor Eizaguirre:
En el presente escrito abordaremos una materia que a nuestro entender ha de formar parte del proceso de formación de las juezas en la Escuela Judicial: el sistema jurídico y el papel de la jueza en éste.
En este sentido apelamos al dicho de Carnelutti:
II. Los integrantes del sistema jurídico.
Podrían (mal) interpretarse las palabras de Eizaguirre separando los tres componentes del sistema. Sin embargo, el sistema de valores de nuestro Ordenamiento une los tres elementos, de modo que la labor de la jueza no se realiza de espaldas al legislador (artículo 11 de la Constitución Política) ni tampoco pasando por alto la doctrina. Ésta, en su carácter de exponente de las instituciones, sus principios y su sistematización, alimenta la jurisprudencia, y a la vez es sustentada por ésta. Los tres componentes forman, en realidad, una unidad inescindible, dirigidos todos a la realización de los derechos constitucionales de las habitantes. (citar enterría ppos generales y jueces, así como doctrina).
III. Importancia de la formación de las juezas.
En el Poder Judicial se juega mucho del futuro de la democracia. En los países democráticos, gran parte de la confianza de las habitantes en la convivencia en libertad, se basa, precisamente, en el respaldo al Poder Judicial y sus miembros. Ello significa que una pérdida de la calidad del ejercicio jurisdiccional, ya sea por atentados a su independencia, o disminución de la rigurosidad de las resoluciones o (esperamos que no se dé ), venalidad de los integrantes, conllevará un peligro directo al futuro de la democracia.
Lo anterior nos lleva a resaltar la importancia de todas las etapas de la carrera judicial de la funcionaria, comenzando desde su arranque, con los procesos de selección y formación de las juezas. La actividad selectiva es fundamental. Resulta determinante para la calidad de la prestación de justicia a los habitantes, el escoger a las personas con calidad humana, valores, conocimiento y experiencia adecuados para las responsabilidades que asumirán. Este tema ha de ser abordado con cuidado por los autores que escriban sobre la materia.
Respecto a la formación que va a recibir quien ya ha sido escogida como jueza, éste es el hermoso reto de la Escuela Judicial del honorable Poder Judicial, y su gran responsabilidad de cara a la pervivencia de la democracia. Una jueza sin el basamento jurídico adecuado elaborará el Derecho a lo largo de la carrera de una forma deficiente, con desprestigio directo al Poder Judicial y a la democracia, además del perjuicio a los justiciables.
IV. El contenido de la formación.
La protagonista de la formación se encuentra en la misma jueza. Quien ha sido seleccionada para tan honorable función, ha de recibir una formación específica para el cargo, lo más sólida posible. Pero la base de la educación se encuentra en el estudio continuo de la jueza a lo largo de todos y cada uno de los años de su carrera. No se trata de una simple “actualización” de conocimientos, sino de algo mucho más importante: la continua profundización en la materia propia de su especialidad, así como en las bases mismas del Derecho como disciplina.
La Escuela Judicial ha de fortificar progresivamente el proceso de impartir educación jurídica de profundización a quienes han sido seleccionadas para desempeñar el cargo de juezas. Consideramos que dicha formación ha de comenzar por un estudio en profundidad de lo que constituye un sistema jurídico, y del papel de la jueza en el mismo, incluyendo su responsabilidad.
Los fundamentos de una labor, la labor jurisdiccional en nuestro caso, son fundamentales, pues sin el pleno dominio de la misma, el practicante nunca llegará a comprender de verdad la materia que ejerce y, por tanto, cometerá errores de bulto a lo largo de sus años. Una buena teoría, por el contrario, permite una correcta asimilación de los aspectos prácticos que se vayan adquiriendo, insertando los conocimientos que se reciban con el tiempo en un adecuado sistema mental, orientando la práctica del Derecho en el camino correcto.
V. El Derecho como disciplina.
De acuerdo a la tesis predominante, el Derecho es objeto de, predominantemente, cuatro “ciencias”: la teoría del Derecho, la dogmática, la axiología o teoría de los valores jurídicos, y la sociología jurídica.
a. Se entiende por teoría del Derecho el proceso de elaboración de las estructuras conceptuales fundamentales para organizar la comprensión del Ordenamiento Jurídico. Esta teoría elabora las herramientas conceptuales necesarias para operar con el Ordenamiento. Como tales herramientas, las mismas no se aplican sólo al Derecho de un país determinado, sino que permiten explicar los contenidos de los Ordenamientos de naciones y tiempos diversos. Los conceptos de “persona”, “derecho subjetivo”, “facultad”, “contrato”, “bien mueble”, “bien inmueble”, etc. son aplicables independientemente del país de que se trate. Son estructuras no limitadas a un tiempo y lugar, sino de pervivencia durable y ubicua.
b. La dogmática (conocida como la “ciencia” del Derecho propiamente tal), emplea los instrumentos elaborados por la teoría del Derecho para exponer y explicar el contenido del Derecho vigente en un tiempo y lugar determinados. Es una técnica de resolución de conflictos sociales hacia la justicia desde un Ordenamiento Jurídico en concreto.
c. La axiología elabora los valores jurídicos, orientando hacia lo que debe ser Derecho en un tiempo y lugar determinados. Así, se dice que la pregunta de qué debe implantarse como Derecho en un tiempo y lugar concretos es la materia propia de la axiología.
d. Sociología jurídica, como un componente de la sociología general que analiza el factor de poder en la vida de una sociedad específica.
Estas distinciones son sumamente esclarecedoras, aunque consideramos que, aun manteniendo su utilidad, han de mostrar un proceso de unión a raíz del paradigma neoconstitucional, o sea, de las exigencias que a la elaboración del Derecho plantea la promulgación de las Constituciones de la segunda postguerra como normas jurídicas rígidas que imponen el respeto a los derechos fundamentales, incluyendo derechos sociales, y la división de poderes, en el marco de una convivencia en democracia.
Educación y Disciplina de la Iglesia.
La enseñanza de humanidades y sus implicaciones
En la enseñanza religiosa y en la eclesiología
Apuntes en la dirección de un nuevo paradigma
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1. El Antiguo Paradigma Formativo.
Mariategui señaló con atino que la educación (aunque habla de educación, un término preferible en este contexto es el de formación) refleja y profundiza la desigualdad y la injusticia que reinan en el mundo de la economía. Para explicar este aserto, podemos recordar cuál es el papel de la formación en el paradigma antiguo o tradicional, inspirados en las lecturas de Mariategui y Bordieu-Passeron y en las enseñanzas del Profesor Álvarez Toirac
Tradicionalmente no se educaba a las personas, sino que se las formaba. Es decir, a las nuevas generaciones se les imprimía la forma con el que los poderosos de la sociedad deseaban “encarrilar” a los jóvenes en el camino de una vida que perpetuara la opresión reinante. A las personas de clase baja se les dota de una formación básica que los haga “buenos y cristianos” siervos de la gleba, antes, y ahora “buenos ciudadanos” que no piensen por sí mismos y “buenos” trabajadores de las empresas cuyos dueños son los poderosos que gobiernan la sociedad por medio de estructuras “liberales” o “democráticas”. Esta formación básica, por supuesto, se basaba en la memorización y adquisición de habilidades que los capacitaran para rendir mejor como empleados. No se enseñaba a las personas a pensar por sí mismas, sino solamente a acatar las decisiones de los demás y a cumplir el papel “cristiano” que les correspondía en la sociedad, realizando “sus” deberes. Por tanto la formación no ayudaba a las personas a asumir el control o dirección de sus vidas, sino a obedecer a los poderosos. No se posibilitaba que un niño pobre pudiera aprender a crear su propia cooperativa uniéndose a otros, sino que se lo formaba como un simple trabajador que no piensa por sí mismo.
El antiguo paradigma trata a los niños y jóvenes como alumnos que, como señala el Lic. Álvarez Toirac, proviene del latín a-lumen, sin luz. Es decir, se hace del joven una persona que no puede valerse por sí mismo, alguien que no tiene la luz del conocimiento, y que solo puede llegar a tener esa luz subordinándose al profesor, permitiendo que el sistema que impera en la sociedad piense por él.
Este mismo esquema opresor se repite en ciertos usos de conceptos religiosos. Por ejemplo, “formar” se entiende como “evangelizar” y “a-lumen” como “pagano”.
La formación se percibe como un proceso de transmisión de conocimientos. Se inculca al niño la idea de que el profesor es la persona que sabe y el alumno el que no sabe. El joven tiene que memorizar el saber esotérico que posee el profesor y la casta social de sabios que posee el conocimiento en el que se basa la sociedad opresora; en esta sociedad se fuerza al joven a entrar y aportar a la misma solo en la medida y de la manera en que les conviene a los poderosos. Estos conocimientos que se transmiten son los que habilitan al niño o joven a ser útil a las empresas de los poderosos y “buenos ciudadanos” que apoyan al sistema opresor.
Por otra parte, el paradigma antiguo reservaba los salarios altos para quienes reciben una formación intelectual (“profesionales”) y los salarios bajos a las personas de familias pobres, a quienes se les brindaba una formación mayormente manual para oficios, etc. De este modo el sistema formativo transmite de generación en generación las bases del sistema opresivo.
Las conferencias del Lic. Álvarez Toirac son muy importantes; las lecturas de Mariategui y Bordieu-Passeron nos ayudan bastante. Desenmascaran una parte importante de la realidad formativa, de su trasfondo real. A la vez nos capacitan para abrir los ojos ante los contenidos reales del modelo educativo neoliberal.
En muchos lugares se hace actualmente de la formación una experiencia de adaptación a un sistema consumista donde se privilegia el “tener” sobre el “ser”. Es decir, se impulsa a las personas a formar un “sentido” para sus vidas que se base en sentirse bien por tener cosas. Las relaciones con los demás se cosifican, por lo que “se tienen amigos”, “se tiene una pareja”, “se tiene un estatus”, etc. Se forma a las personas en la dirección de que el sentido de la vida se basa en las cosas que uno tiene, o en la opinión que los demás tengan de nosotros. No se enseña a pensar por uno mismo, ni a buscar el sentido de la vida en D-os, es decir, en el compromiso el amor al prójimo, con la lucha por un mundo que sea justo. El sentido de la vida está en tener conocimientos, tener pareja, tener dinero y tener la aprobación de los demás.
El texto de Leonardo Boff nos anima a pensar en la forma en la que se distribuye el poder por excelencia de la Iglesia, que es el poder de enseñar. Fruto de la experiencia de dicha lectura, señalamos lo siguiente: El antiguo paradigma formativo se refleja en la estructura de la sociedad y de la Iglesia. La forma en que se distribuye el poder en la sociedad y en la Iglesia marca a las personas, y forma una parte fundamental del proceso formativo (que no educativo) de los seres humanos. Supuestamente el protagonismo social y político de la sociedad y de la Iglesia está en todos los seres humanos. Pero esto es una mentira colectiva en la que se forma a las personas. A los individuos se les forma en el sentido de que realmente gobiernan los poderosos y los famosos, y en la Iglesia quienes deciden y enseñan son los miembros del clero, en especial del alto clero pagados por los encumbrados. ¿Cómo es que se los forma en ese sentido? Pues marcando con la aprobación (puesto de trabajo, buenas notas, posibilidad de conseguir pareja, etc.) a quienes se amoldan al sistema opresivo. Esta forma en la que se organiza la sociedad y la Iglesia marca a las personas en su formación, y las hace reproducir en sus vidas dicho esquema: Nos hacemos sentir con la “buena conciencia” de que somos nosotros los que gobernamos nuestras vidas, cuando estamos aceptando que sean los “de arriba” los que piensen y decidan por nosotros. Esta es la finalidad auténtica de la formación según el paradigma antiguo o tradicional.
Friedrich Hayek sostiene que la principal base de la conducta de las personas se encuentra en los hábitos de la comunidad de la que forma parte. Estas configuran una parte muy importante de la emotividad y racionalidad humanas. Creo que el paradigma formativo antiguo busca consolidar la opresión arraigándola en los hábitos sociales más profundos. Busca también transmitir estos hábitos opresivos de generación en generación. Asimismo la formación tradicional busca que interioricemos los valores y los sentimientos que respalden el sistema opresivo. Es decir, busca que nuestro más profundo ser, configurado por nuestras emociones más profundas, nos pidan que actuemos respaldando el sistema opresor.
En Costa Rica existen diversos mecanismos por los cuales se transfieren a los ricos los recursos que pertenecen a los pobres. Podemos dar los ejemplos de: impuestos indirectos (incluyendo el impuesto indirecto al trabajo; el impuesto indirecto al trabajo no se ajusta a la capacidad contributiva del patrono ni mucho menos del trabajador; por ello, en el fondo, dicho impuesto vulnera los derechos humanos. El derecho fundamental a la salud establece que se tiene derecho a recibir atención médica y sanitaria por el simple hecho de ser una persona viva; el derecho a la salud no puede depender de que a ti o a alguien de la familia te hayan contratado laboralmente, o seas un trabajador autónomo) y la salud (el Seguro Social brinda cada vez menos tipos de medicamentos, baja el nivel de asistencia médica y aumentan los casos en que la seguridad social no paga los cuidados sanitarios necesarios, como es el caso de las personas que padecen determinados accidentes de tránsito que implican un monto superior a cierta cantidad). Otro es la educación. Dado que las personas de clases bajas muchas veces tienen que trabajar, además de estudiar, cuando cursan la secundaria, y dado que el nivel de los colegios públicos no suele ser tan bueno como el de los privados, generalmente quienes sacan mejores calificaciones en los exámenes son las personas provenientes de los colegios privados. Por ello estos son los mayormente admitidos a las mejores universidades, que son las públicas, que es también donde se paga menos. Las personas provenientes de estratos más bajos, que pueden pagarse sus estudios, generalmente tienen que ingresar a universidades privadas, que son más caras y donde la formación muchas veces no es tan buena. Con el trabajo de los estudiantes pobres se financia una parte importante la universidad privada. Por ello la educación es un mecanismo fuerte que quita dinero de los pobres para dárselo a los ricos.
2. Educación, filosofía y autobiografía
Educación es autobiografía, tal como nos hicieron ver las dinámicas a las que nos llevó el Lic. Álvarez Toirac en la conferencia del 6 de mayo del 2006 AD.
El Profesor López, intérprete especializado en Nietzsche, ha destacado acertadamente uno de los aportes de este filósofo. Lo hizo en el análisis de la obra nietzscheana Ecce Homo que revolucionó por completo el género de la autobiografía. Nietzsche demostró que toda filosofía es autobiografía. Es decir, no existe un conocimiento objetivo, cierto, que es válido en sí mismo. Todo “conocimiento” se basa en los valores de la persona, así como en su trasfondo social, individual, psicológico, etc. Por eso López señala que lo moderno es saber que la filosofía no es objetiva sino personal en este sentido.
Lo mismo resulta válido respecto a la educación. La “educación cristiana objetiva-ortodoxa” o la “educación laica-secular neutral” en realidad constituye un amoldamiento al paradigma tradicional al que aludimos en el apartado anterior. En su pretendida “ortodoxia”, “neutralidad” u “objetividad”, esconde una serie de intereses claramente definidos, de defensa de un sistema económico opresor en el que el bienestar de unos pocos se basa en la indiferencia hacia la pobreza y daño a los demás.
Dado que no existe una educación neutral, resulta importante explicar los valores que este estudiante asigna a la “educación católica”: Dado que el propósito de mi vida es crecer como individuo en el compromiso individual y colectivo con los derechos humanos, entonces para el que suscribe la educación católica es la educación que se brinda a todos los seres humanos por parte de la teología católica.
En otra ocasión ya señalamos que, para nosotros, teología católica es:
“La gaya ciencia de la experiencia global del compromiso individual y colectivo con la causa de la dignidad y los derechos humanos, en un contexto socioeconómico concreto”.
Por tanto, la educación católica es la verdadera educación en la cual tanto el profesor como los estudiantes aprenden (se desarrollan) en la teología católica y en la aplicación de la misma a las distintas áreas de la personalidad individual, así como su incidencia colectiva.
Esto nos muestra que para nosotros no cualquier educación que se llame católica es realmente tal, sino aquella que se comprometa con los valores e intereses de la causa por la dignidad humana (derechos humanos).
3. Una nueva esperanza. El nacimiento del individuo y la educación
El judaísmo ha sido históricamente un campeón de la educación popular. El pueblo hebreo en los diferentes países donde ha vivido, ha dedicado muchos recursos a que brindar educación judía popular hasta al más pobre. Los judíos de clases altas han contribuido mucho para esta educación de los pobres. También han ayudado a las necesidades de los no judíos. Por otra parte, como señalamos en otro lugar (Open Letter to the Evangelisch-Lutherische Kirche apoyándonos en la obra fundadora de la sociología de Durkheim), el papel del protestantismo fue fundamental en el camino hacia la generalización de la educación a todos los estratos de la sociedad. Mariategui y Bordieu-Passeron formulan las críticas al sistema formativo de un modo muy general, aplicándolo a todos los países. Esto ha de ser matizado.
El protestantismo pone el acento en enseñanzas católicas que habían sido arrinconadas en el transcurso de los siglos. Mostró que las personas somos salvas por la fe en el sacrificio redentor de Jesucristo. No podemos “comprar” la salvación por obras, sino que esta es un regalo, es gratuita, y la aceptamos como tal don que se nos ofrece sin condiciones. La salvación se vive en una relación individual de la persona con D-os. Esta relación personal se basa en la lectura y meditación de la Biblia. Dado que la salvación se recibe individualmente, es cada persona quien tiene que ajustar sus cuentas con D-os a solas. Cada persona tiene que decidir lo que es bueno y lo que es malo para D-os, y actuar en consecuencia. Nadie puede zafarse de su responsabilidad dejándose guiar por el magisterio de la Iglesia, ni por lo que otras personas consideren que es correcto. Cada uno tiene que decidir lo que es correcto ante los ojos de D-os, y a actuar en consecuencia. Para poder tomar decisiones y distinguir lo bueno de lo malo, cada cual ha de guiarse por la Biblia. Por eso el estudio de la Biblia es una prioridad. Por ello los países protestantes generalizaron la educación popular, puesto que cada persona tiene el deber de leer la Biblia para guiar su vida por ella en su relación con D-os.
Los países católicos-romanos no aceptaron esta enseñanza católica, y por ello las decisiones de las personas se entendían basadas en el magisterio eclesial. Por ello no se enseñó a las masas a leer, puesto que bastaba con los sabios de la Iglesia para decidir por todos lo que es bueno y lo que es malo.
Los países escandinavos son los que han vivido más apegados a la enseñanza católica de unir libertad con justicia social. Por ello han creado un sistema educativo gratuito por el cual todos, hasta la persona de condición más baja, estudia gratuitamente y además recibe dinero para poder vivir mientras estudia.
De lo anterior se deduce que las tesis de Mariategui y Bordieux-Passeron deben ser considerablemente matizadas. Son, sin embargo, muy válidas para el Tercer Mundo, donde no han calado profundamente enseñanzas católicas importantes como la justificación por fe y el sacerdocio universal de los creyentes. Podemos ver en Escandinavia un auténtico modelo, no de formación, sino de auténtica educación.
En todo caso, los aportes de Mariategui y Bordieu-Passeron son muy interesantes, y nos ayudan a abrir los ojos y a discernir los modelos eclesiales y los paradigmas educativos. Nos preparan para poder descubrir cuál es el modelo educativo-eclesial neoliberal y a distanciarnos de él.
4. Determinismo o libertad; libertad severamente limitada, sí, pero libertad. Fundamento antropológico del proceso educativo.
En la introducción de esta tarea dejábamos traslucir un cierto distanciamiento respecto a cierto determinismo del que podía estar imbuida la crítica al sistema educativo tradicional efectuada por Mariategui y Bordieux-Passeron. Podría ser que, para ellos, los prejuicios de clase, género, origen, etc. determinan necesariamente la concepción educativa de las personas. A ello nos oponemos. La libertad de las personas está severamente limitada, pero somos libres. A pesar de nuestros condicionamientos de edad, clase, etnia, género, origen, etc., podemos escoger vivir por unos valores de equidad. No es que podamos transformarnos en justos solo por quererlo, pero sí podemos elegir luchar contra nuestros condicionamientos y acercarnos lo más que podamos a la causa de los derechos humanos, a la causa de la auténtica liberación.
Quien nace rico no tiene que defender la formación que beneficie a los ricos. Quien nació en una familia de clase media no está destinado a oponerse a los pobres. Tenemos libertad para acercarnos a la causa de la dignidad humana.
Parece que para Bordieu-Passeron el gusto por la cultura pertenece solo a la clase de los poderosos, y el paladar por lo cultural se basa en precondicionamientos. Sin embargo, creemos que este no es el caso de todos los que aman la cultura. Existen también personas comprometidas con la causa de los derechos humanos que aman la cultura por el hecho de ser cultura.
Además, para ellos las personas como yo vivimos en una ilusión consistente en que nos sentimos libres (es decir, dotados de libre albedrío), cuando en realidad hemos olvidado que estamos determinados (ausencia de libertad) por nuestra genética y la clase social y origen nuestro. Esta ilusión hace que nos sintamos libres, y formemos a otros en esa ilusión, cuando en realidad estamos repitiendo y transmitiendo a las generaciones siguientes el sistema opresor internacional.
Estas tesis se refutan ante su incapacidad de explicar cómo es que entró el cambio en el mundo. Si todos estamos “determinados” por nuestro “gusto innato” producto de la casta social a la que pertenecemos, entonces, ¿de dónde ha surgido la idea de que las cosas pueden cambiar, de que el mundo puede convertirse en un lugar donde no haya opresión, donde los pobres puedan liberarse ellos mismos? ¿Dónde se forjaron las bases del nuevo paradigma educativo liberador?
Estas preguntas ya las contestamos en otro lugar (Open Letter to the Evangelisch-Lutherische Kirche). Allí explicamos el concepto de D-os de Éxodo 3 en la interpretación de Erich Fromm. D-os es “Seré el que Seré”. D-os es el cambio en el camino de la liberación de los oprimidos y de toda clase de opresión, interna o externa. Esta es la gran enseñanza del judeocristianismo. Por ello hay quienes odian el judeocristianismo, porque odian los derechos humanos y añoran un sistema opresivo que no tenga alternativas ni críticas.
El concepto de D-os de Éxodo 3 es la destrucción del determinismo, y la asunción por parte de las personas de nuestras facultades de cambiarnos a nosotros mismos y al mundo en el camino de la liberación. Por ello, aunque estemos severamente limitados, sí gozamos de libertad.
El modelo antropológico sobre el que se basa la educación católica es el siguiente: el ser humano cuenta con una libertad severamente limitada, pero aun así es libre. Por ello es posible una educación católica, que faculte a las personas a pensar por sí mismas, a discernir valores, escoger qué es católico, y a crecer en el compromiso con el amor al prójimo. Este crecimiento en D-os es la síntesis de la educación católica y nos lleva a unirnos a otros para actuar juntos como Iglesia al servicio del prójimo… y del lejano, de todas las personas, hasta de aquellas respecto a las cuales nuestras emociones nos tientan a hacernos sentir más indiferentes respecto a ellos.
5. El Apostolado Educativo. La misión del educador humanista
En el apartado anterior concluimos que el proceso educativo se basa en el aserto de que tanto el profesor como el estudiante son personas con una libertad severamente limitada, pero que son libres. Esta libertad hace posible el sistema educativo que propugnamos. La siguiente base del proceso educativo es determinar la relación que ha de mediar entre profesor y estudiantes. En el paradigma antiguo, no había una auténtica relación, sino subordinación, tal como indican las lecturas. Para nosotros debe basarse la educación en la igualdad radical de todas las personas.
Preiswerk critica el empleo del término apostolado en el ámbito educativo, porque para él reproduce el paradigma formativo antiguo o tradicional al que ya criticamos. Sin embargo, el apostolado ha de ser entendido en el marco de la doctrina católica del sacerdocio universal de todas las personas. Todos somos apóstoles, tanto el “profesor” como el “estudiante”. Los dos desarrollan un servicio sacerdotal. Tanto el “profesor” como el “estudiante” enseñan y aprenden en el auténtico proceso educativo.
El sacerdocio universal se basa en el texto de la Carta de Pedro que llama a las personas católicas “real sacerdocio, nación santa, pueblo adquirido por D-os”. Hace eco de textos de los profetas de la Biblia hebrea que calificaban a Israel de pueblo sacerdotal. Con el tiempo el catolicismo olvidó esta enseñanza hasta que fue recobrada por la reforma protestante.
Desde mi concepción personal del judaísmo puedo sostener que los sacerdotes en la Biblia hebrea tenían varias funciones: 1) Sacrificadores. El sacrificio debe entenderse según la mentalidad antigua. Se trataba de un rito educativo por el cual la persona que traía un animal para que el sacerdote lo sacrificaba, expresaba por la entrega del animal su determinación de entregarse a la causa del amor al prójimo, es decir, a D-os. Este entregar el animal tenía el efecto educativo de enseñar que todos le pertenecemos a D-os, es decir, que todos pertenecemos a la dignidad humana, y no a ningún sistema opresivo. Por ello el sacerdote no era una persona que fuera más sacerdote que los demás. Todo el pueblo era un pueblo igualmente de sacerdotes, solo que a la persona designada como sacerdote se le asignaba una función simbólica de garantizar la seriedad de la persona que traía el animal para sacrificarlo. 2) Jueces. 3) Maestros.
El judaísmo no cuenta con sacerdotes desde hace muchos siglos. La figura coordinadora en el ámbito religioso es el rabí, que proviene de la figura del escriba o del maestro de la Ley. El rabí es un maestro y también un posek, un juez que determina el contenido de la Ley que se ha de aplicar en cada caso concreto. Creo que el papel del rabí tiene paralelismos con el del obispo, quien es un maestro y un juez.
Todas las sociedades antiguas creían que la ley era creada por los d-oses, no por las personas. Sin embargo, la realidad era que, a efectos prácticos, en los pueblos paganos eran los poderosos los que determinaban qué era lo bueno y qué era lo malo, según les beneficiara a ellos. Por ello en realidad en el paganismo la ley sí es creada por las personas. En el pueblo bíblico, sin embargo, la ley verdadera es la ley de la liberación de los oprimidos. El sacerdote bíblico como juez no crea la ley, sino que se limita aplicar a cada caso concreto lo que determina la ley de los derechos humanos.
Leonardo Boff en la lectura asignada denuncia el carácter anticatólico de la distinción romana entre clero y laicos. En realidad todos somos sacerdotes al mismo nivel.
Dado que hemos escogido el compromiso con la dignidad humana como la base de nuestra vida y como el punto de arranque de nuestra cosmovisión, entonces todos somos igualmente apóstoles y sacerdotes.
El que escribe estas líneas cree que el romanismo ha llevado a cabo un fraude de ley. La ley es que todos somos igualmente sacerdotes. El romanismo parece aceptar esto en textos oficiales, pero a la hora de la verdad no lo hace, ya que reparte las funciones y privilegios de una manera tal que en realidad se viola la ley de D-os de que todos somos realmente sacerdotes. Veamos el concepto de fraude de ley del Código Civil (artículo 20):
“Los actos realizados al amparo del texto de una norma, que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de la ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir”.
Todos somos sacerdotes, y todos tenemos que hacer cumplir la ley real, que es la ley de D-os, la “ley de la libertad en Cristo que me ha liberado de la Ley del pecado y de la muerte” (Romanos 8). Por eso se ha de llamar a todos los católicos a una rebelión en defensa de la fe, y exhortarlos a no aplicar las “leyes” romanas que violan este sacerdocio igualitario, y apliquen en vez de ello la igualdad real de todas las personas, que es la ley de D-os.
6. El papel educativo de la distribución de los poderes en la Iglesia
Continuamos con la base importante de la educación que está implicada con el tema del poder. Ya señalamos que un componente importante del papel educativo o formativo de una sociedad reside en el hecho de cómo distribuye el poder. Lo mismo sucede respecto a esa sociedad que constituye la Iglesia. La Iglesia debe organizarse de modo que la autoridad en la Iglesia se divida en tres poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. Los laicos miembros de las congregaciones han de poder elegir democráticamente a sus representantes que, como tales, formarán un Parlamento. Este ostentará la potestad legislativa en la Iglesia, asesorado por el clero, de modo que esta Asamblea creará y modificará el Derecho canónico en el marco del respeto al amor al prójimo, que es la Norma a la cual todo lo demás está subordinado. La potestad ejecutiva estará atribuida a diversas figuras, quienes representarán a la Iglesia.
El poder judicial será ejercido por personas independientes, conocedoras de la teología católica, comprometidas con el bien. Estas personas son las señoras y los señores Obispos. El papel importante que el Obispo tiene en la Iglesia se basa en que ella o él es el maestro y el juez Cuando se necesite aplicar el Derecho canónico ante casos concretos, esa aplicación será llevada a cabo por el Obispo de la Diócesis donde se planteen esos asuntos. Los maestros de educación cristiana (incluyendo quienes realicen las misas en las Iglesias, pues el papel de la liturgia es, por definición, educativo) serán los presbíteros y diáconos nombrados por los Obispos, y ante quienes el clero deberá rendir cuentas de su conducta apegada a los derechos humanos.
El Obispo, como profesor-juez que es, debe garantizar que la Iglesia presente su respaldo solamente a aquellas enseñanzas y solamente a aquellos profesores (clero) cuya conducta se apegue al bien. De lo dicho a lo largo de este texto se desprende que el papel del profesor es el ser un juez (de los derechos humanos) que haga que la Iglesia dé las notas correspondientes de aprobado o reprobado a un estudiante dependiendo de si este ha crecido o no en el compromiso con el amor al prójimo.
El Obispo es un profesor-juez que determina que solamente puedan pertenecer a la Iglesia aquellas personas que sean fieles al pacto de compromiso con el amor al prójimo. La Iglesia solo puede prestar su sello de aprobación (que está representado por el acto de admitir o mantener a una persona como miembro de la Iglesia) solamente a aquellos individuos comprometidos con la causa. En un mundo tan superficial como el nuestro, donde se crea la ilusión de que todo es lo mismo, de que todas las ideas son igualmente válidas, donde da lo mismo si estás comprometido o no con el auténtico amor al prójimo, el papel del Obispo destaca como el maestro que enseña el bien, que elige a los profesores de las Iglesias, y que admite o mantiene como miembro de la Iglesia a quien realmente debe ser miembro de la misma, o sea, aquella persona que lucha contra sus defectos, pide perdón por sus pecados, y hace lo mejor para ir creciendo en el compromiso con los derechos humanos. El Obispo debe poner límites y, como juez, determinar aquello que es malo y, como tal, no ha de ser permitido por la Iglesia.
Lo anterior no implica negar el hecho de que es a cada individuo a quien le corresponde determinar ante D-os lo que es bueno y lo que es malo ante Ella. Cada persona tiene que discernir el bien del mal sobre la base de la relación personal que cultive con D-os. Lo que hace el juez es comprometer el nombre de la Iglesia solamente con aquellas personas que de verdad hacen del amor al prójimo el centro de sus vidas.
Las señoras y señores Obispos han de elegirse de un modo que se garantice lo que los constitucionalistas llaman una doble confianza, es decir, un doble filtro seleccionador. Por una parte, el apoyo del pueblo católico y, por otro, la selección por parte de los Obispos consagrantes, que otorgarán el sacramento solamente a la persona que reúna las condiciones para ser juez-Obispo.
7. Hacia un nuevo paradigma
En la década de 1960 adopta Latinoamérica un nuevo paradigma educativo. Se trata de un paradigma cuyo fundamento se encuentra en la educación popular y, en el ámbito de la educación católica, en las Comunidades Eclesiales de Base. Como señala el Profesor Álvarez Toirac, se encuentra ligada a los movimientos sociales con incidencia realmente política. Como tal produce concientización, y empodera a la base. El estudiante que escribe estas líneas explica este empoderamiento como la enseñanza que lleva a las Comunidades a asumir el control de sus vidas. De esta manera esta educación católica se convierte en una educación de verdad. Este nuevo paradigma ha sido elaborado tanto por personas que viven en el Tercer Mundo como en el Primer Mundo.
El teólogo Mardoqueo Kaplan formula el concepto de la verdadera Ley (Torah) de D-os como “la Torah del corazón educado”. Aquí “corazón” se entiende en el sentido de “voluntad”. La educación no se dirige solo al cerebro ni solo a las emociones, sino además y, principalmente, a la voluntad de los individuos y de la comunidad creyente. Basándose en el mensaje de Jeremías 31:31 y siguientes, se enseña que la verdadera Ley (de liberación) de D-os se enseña en el corazón de las personas. Recuérdese que “corazón” se entiende en el sentido de la voluntad de las personas. La ley de la liberación es educada y se arraiga en la voluntad de las personas, animándolas a pensar por sí mismas, a tomar sus propias decisiones, a escoger qué ideas y conductas realmente son liberadoras y a trabajar juntos, unidos, para cambiar el mundo en el camino de la liberación. Para Mardoqueo Kaplan el propósito principal de las congregaciones es la educación creyente de los adultos.
Por el momento la educación religiosa ha estado dirigida básicamente a los niños, y el concepto de D-os, de Revelación, etc. que se enseña es un concepto válido para niños, pero no para todos los adultos debido a su configuración interna. Cuando la persona crece, esos conceptos muchas veces no le resultan válidos, y por eso los humanos entran en crisis de fe y se alejan de las congregaciones. Por ello él llama a una reconstrucción de la teología, que parta de una reconstrucción radical de todos los conceptos y temas de la religión que realmente responda a las personas en crisis de fe, y que las anime a seguir considerándose seguidores de D-os a pesar de que su concepto de D-os y de lo demás difiera radicalmente de los adoctrinamientos tradicionales. Esta es la razón de que centre la eclesiología, o sea, el papel de las congregaciones, en la educación religiosa de los adultos, pues la educación teológica de los adultos es de lo que más han carecido las instituciones religiosas.
La educación católica puede ser vista desde un nuevo paradigma como el proceso de crecimiento interno y externo, individual y colectivo, en la causa de la dignidad humana, que trae como consecuencia el empoderamiento de todos, incluyendo los pobres, haciéndonos conscientes de las causas reales de la opresión que impera en el mundo, proveyendo también fuentes individuales y colectivas de resiliencia (resiliencia es el proceso de curarnos nuestras heridas internas, sobreponernos a todo el dolor que hay en el mundo y en nuestras vidas cotidianas, y encontrar fuerzas para seguir adelante, sobreponiéndonos, y uniéndonos en la lucha por un mundo más cercano al respeto a los derechos humanos), y brindándonos recursos externos e internos para luchar por la liberación o progreso real, transformando a las personas y a las estructuras de las sociedades.
El protagonismo educativo católico en el nuevo paradigma no lo asume el profesor, sino el estudiante. El estudiante representa la imagen de D-os, es decir, la educación parte del reconocimiento de la dignidad humana de todos. Tal como lo mostramos en otro texto (Open Letter to the Evangelisch-Lutherische Kirche), de este punto de partida consistente en los derechos humanos se desprende que cada persona, incluyendo cada estudiante, es un legislador. Es decir, cada estudiante determina lo que es bueno y lo que es malo dentro del marco de la causa por la dignidad y derechos humanos. Ella o él educa por sí misma a su voluntad en la senda del amor al prójimo, y educa también las demás áreas de su personalidad (sentimientos, razón, hábitos, etc.). El estudiante piensa por sí mismo y en este sentido usa los instrumentos didácticos que el profesor le da, de la manera en que el estudiante determina mejor para el proceso de su crecimiento personal en la causa de los derechos humanos.
El papel del profesor es ser una persona que selecciona y provee al estudiante los recursos didácticos más idóneos, y es también un juez de los derechos humanos en el sentido de que a través de él el centro educativo garantiza que el estudiante católico haya crecido en lo personal y en su vida de compromiso con el amor al prójimo.
Dentro del marco pedagógico que el profesor brinda a los estudiantes está, especialmente, el hacer conscientes a los estudiantes del planteamiento de las Cuestiones – Temas – Problemas que son básicos, fundamentales, en la materia que se estudia, según los diversos paradigmas que se hayan producido en ese tema. El profesor ha de explicar los contenidos de los diversos paradigmas, así como plantear cuestiones que susciten preguntas, inquietudes y nuevas ideas en los estudiantes (thought-provoking statements). El profesor anima al estudiante a crear su propio paradigma o a crear y seguir las propias convicciones del estudiante.
Es importante reiterar que en el nuevo paradigma no se educa solo la mente, sino todas las áreas de la personalidad: sentimientos, valores, hábitos, la voluntad, etc.
Existe un dicho rabínico donde el maestro afirma que aprendió mucho de sus profesores. Más aun aprendió de sus colegas. Pero de quienes más aprendió, fue de sus discípulos. Aquí está el verdadero núcleo de la educación, en un proceso donde todos los profesores y todos los estudiantes aprenden unos de otros, y enseñan unos a otros.
8. Educación religiosa y evangelización
La educación católica puede ayudar mucho a una auténtica evangelización. En otro texto ya señalamos cómo la teología católica ayuda a las personas que se sienten ateas o agnósticas pero que, en realidad, están comprometidas con la causa del amor al prójimo. La educación católica lleva a comunicar esta teología a todas las personas, incluyendo aquellas que se consideran no-creyentes, y a animarlas de esta manera a pertenecer a la Iglesia.
Por ello el sujeto de la educación católica abarca todas las personas, incluyendo aquellas que se sienten alejadas de la Iglesia. De este modo la educación católica se constituye en un componente indispensable de la evangelización.
La Iglesia puede enseñar a todas las personas acerca del amor al prójimo, y acerca de cómo llevar a la práctica de manera concreta ese amor en cada una de las facetas de nuestras vidas. La Iglesia puede enseñar a las personas seculares acerca del contenido real de la Biblia. Puede comenzar enseñando cómo la Biblia es un documento secular fundante de la civilización occidental, y el texto a partir del cual se inicia en la historia en mayor grado el compromiso con los derechos humanos.
Los romanos en la Era Antigua, cuando capturaban a un gentil que se había convertido al judaísmo, lo condenaban por “ateo”. Esto sigue teniendo sentido hoy. El verdadero ateo es el católico. Ser católico es negar todos los d-oses que hay en nuestra sociedad. El D-os de la Biblia, tal como lo señalamos, es la negación de todos los d-oses, es decir, es el rechazo de todos los ídolos, es decir, de todo aquello que viola el amor al prójimo o que justifica la violación de los derechos humanos. Sobre la base de este entendimiento del D-os de la Biblia la Iglesia puede animar a todas las personas comprometidas con el amor al prójimo a recibir ayuda hasta del modo que la razón no entienda. De este modo quien se siente ateo o agnóstico se podrá abrir a la espiritualidad cristiana.
9. Eclesiología y educación religiosa
¿Cuál es el papel de la Iglesia tomando como punto de partida el compromiso con el amor al prójimo (es decir, derechos humanos)?
En la sociedad en general nunca puede obligarse a nadie a elegir una moral de solidaridad. Cada persona tiene el derecho humano a elegir si va a ser una persona superficial, que se deje llevar por las modas o por agradar a los demás, o si por el contrario elige hacer del amor al prójimo el centro de su vida. En la sociedad existe libertad para escoger. Sin embargo, la causa de la solidaridad necesita que haya un grupo de personas que se forme sobre la base de que sus miembros elijan voluntariamente comprometerse con los derechos humanos. Solo serán miembros de este grupo quienes se comprometan con la dignidad humana. Esta colectividad hace avanzar profundamente la causa el bien. Este grupo tan necesario es la Iglesia.
La Biblia habla reiteradamente de pactos. El pacto con D-os es el pacto que hace Israel (la Iglesia) con el mensaje de D-os, que es el amor al prójimo. La Iglesia es la comunidad, el grupo que vive bajo este pacto.
Con el fin de que los individuos profundicen en el contenido de este pacto, con el fin de que crezcan como personas en este compromiso, con el fin de que se unan a otros de la manera más eficaz y conveniente para formar un instrumento efectivo para el amor al prójimo de manera individual y colectiva, para todo ello se requiere que el papel de la Iglesia (eclesiología) se base en la educación católica. Para que el amor al prójimo sea la base de nuestra vida, y para que este compromiso se transmita de generación a generación de miembros de la Iglesia, para que se profundice individual y colectivamente en la causa del amor al prójimo, para todo ello se requiere de una continua educación católica dentro y fuera de la Iglesia, así como de un reavivamiento en el seno de la Iglesia.
La Iglesia es una institución centrada en la lucha por un Derecho justo, entendiendo “Derecho” en un sentido amplio y estricto. Se trata de un Derecho justo, es decir, de un Derecho centrado en el compromiso con los derechos humanos. En otro lugar explicábamos el contenido del Derecho en sentido amplio (Torah), identificándolo con el de teología, según el concepto de teología que sostuvimos más arriba. Para nosotros el Derecho en sentido estricto es:
“El conjunto de intereses que han de ser protegidos por el aparato coactivo de la sociedad (y por la comunidad internacional) con el fin de avanzar en el proceso de implementación de los derechos humanos en el mundo”.
Con el fin de que el mundo avance en lograr un mayor respeto a los derechos humanos, se necesita de un grupo a nivel local –y a nivel más amplio- comprometido en la lucha por un Derecho comprometido con el amor al prójimo, es decir, con la dignidad humana. Esta colectividad que lucha por el Derecho emanado del amor al prójimo es la Iglesia. Para cumplir con este propósito esencial de la Iglesia, esta necesita por definición la educación católica, que es el proceso de crecimiento individual y colectivo en este amor. Es este proceso el que permitirá animar a las nuevas generaciones a escoger a D-os como base de sus vidas, transmitiendo así de generación en generación el compromiso con el amor al prójimo.
De todo lo señalado en las páginas anteriores se desprende que uno de los papeles fundamentales de la Iglesia Católica es la educación teológica a las personas de todas las edades, sin descuidar a los adultos como ha sucedido tan tristemente. La “Buena Nueva” es que esto está cambiando y va a seguir cambiando.
La educación teológica católica se entiende como el proceso de crecimiento individual y colectivo en la causa del amor al prójimo, que es la causa de los derechos humanos: el propósito de la Iglesia. Por ello la educación católica está indisolublemente ligada al propósito mismo de la Iglesia, a la eclesiología.
La Iglesia está llamada a cumplir una triple función: 1) Bait Knesset: Casa de la Comunidad, un lugar donde todas las personas sean bienvenidas y donde también sus miembros puedan desarrollar actos sociales y culturales. Los actos sociales en realidad pertenecen a la cultura del pueblo de D-os, y por ello la Iglesia debe estar abierta a que los miembros vivan dentro de ella también su vida social. 2) Bait Midrash. Casa de estudio bíblico y de crecimiento en el conocimiento y práctica del bien. 3) Bait Tefilah. Casa de oración. “Mi casa será llamada Casa de Oración para todos los pueblos”.
Mariategui llamaba la atención sobre el hecho de que se necesita un nuevo orden social para que cambie la educación. La Iglesia está llamada a ser, para dentro de la Iglesia (y como vanguardia del compromiso con el bien a nivel mundial), un nuevo orden social (no capitalista) basado en los derechos humanos; ese orden es el que hace o hará posible una verdadera educación, en este caso, una educación católica.
Todos somos igualmente sacerdotes. Tanto el profesor como el estudiante son sacerdotes, y todos enseñan a la misma vez que aprenden en el proceso educativo.
10. Para ti, querida/o lector/a
Muchas gracias a ti, quien has dedicado de tu tiempo para leer esta tarea. Deseo que la lectura te sea provechosa.
Me gustaría mucho saber lo que opinas tú de este texto. Puedes escribirme al correo: priority@businesslaw.eu.com
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